Fallo negó demanda de nulidad electoral contra cuatro concejales de Armenia
El fallo de segunda instancia permite que los cuatro concejales del partido liberal sigan ocupando las curules del Concejo Municipal
Quindío
Recordemos que el ciudadano José Edilberto Bernal Puerto, presentó demanda de nulidad electoral ante el Tribunal Administrativo del Quindío, con la que pretendía la nulidad parcial del acto de elección de los Concejales para el período 2020-2023, Jhon Fredy Cerón Rojas, Cristhian Camilo Fernández Morales, John Edison Echavarría Barreto Y Jhonny Leandro Vargas Sánchez al argumentar que el partido Liberal tenía una prohibición para otorgarle aval a los candidatos debido a situaciones jurídicas.
Al respecto el abogado Jaime Andes López, resaltó que dicha sanción no existía y el Consejo Nacional Electoral no tomó alguna decisión respecto a prohibición de avales por lo que la elección es legal.
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Frente a la demanda el Tribunal Administrativo del Quindío, en sentencia del 3 de septiembre de 2020, negó las pretensiones de la demanda al concluir que no se acreditó la causal de nulidad y el Consejo de Estado resolvió el recurso de apelación interpuesto por el demandante contra el fallo de primera instancia, negando las pretensiones de la demanda en segunda instancia.