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Pico y placa para motos: ¿exceptas de la medida?

La medida de pico y placa volvió el pasado 22 de septiembre y va de 6:00 a.m. y 8:30 a.m. y entre las 3:00 p.m. a 7:00 p.m.

Las motos no tienen pico y placa

Desde el 22 de septiembre el pico y placa regresó a la capital colombiana y las motos están entre los vehículos que están exceptos de esta medida, tal y como lo indica el artículo 2 del decreto 208 del 21 de septiembre.

La restricción tendrá los siguientes horarios: De lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:30 a.m. y de 3:00 p.m. a 7:30 p.m.


La nueva restricción incluye las siguientes excepciones:

-Carro compartido, con tres o más ocupantes (incluyendo al conductor) durante todo el trayecto (origen-destino)

-Vehículos cuyos propietarios hayan accedido al Pico y Placa Solidario con contraprestación económica y social

-Vehículos híbridos dedicados

-Personal de la salud

Vehículos que están exentos pico y placa habitual indicados en el Decreto 846 de 2019 son: carros registrados de personas en condición de discapacidad, servicio diplomático, organismos del Estado, autoridades judiciales, adscritos a medios de comunicación, vehículos de la Unidad Nacional de Protección, entre otros descritos dentro del decreto.