15 años de inhabilidad para dos exdirectores de Panachi
Los afectados por la Procuraduría son Daniel Enrique Valencia y María Eva Bermúdez, quienes se beneficiaron con bonificacinones por más 200 millones.
Bucaramanga
La Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad de 15 años a los exdirectores del Parque Nacional del Chicamocha, Daniel Enrique Valencia Gómez y María Eva Bermúdez Mateus, al percibir bonificaciones que no contaban con sustento legal.
El ente de control estableció que Valencia Gómez, quien desempeñó el cargo desde el 16 de febrero de 2015 hasta el 25 de enero de 2017, suscribió un documento dirigido a él mismo como director de la corporación, a través del cual se auto informó que había sido seleccionado para recibir una bonificación extralegal de mera liberalidad por la suma de 10 millones de pesos mensuales hasta nueva orden.
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En el caso de Bermúdez Mateus, quien ocupó el cargo desde el 18 de noviembre de 2014 hasta el 15 de febrero de 2015, la Procuraduría encontró que aceptó y recibió de manera irregular otra bonificación que no contaba con sustento legal.
La procuraduría halló que Daniel Enrique Valencia Gómez recibió por cuenta de esta bonificación $223’ 062.500 y María Eva Bermúdez Mateus $21’956.400.
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Para el ente de control con esta conducta los exdirectores vulneraron los principios de moralidad de la función administrativa, toda vez que la bonificación no tenía sustento legal, reglamentario, ni estaba en sus contratos de trabajo y tampoco estuvo autorizada por la asamblea, el consejo directivo o los comités asesores de Panachi.
La Procuraduría no acogió los argumentos de la defensa sobre la falta de competencia de la entidad para investigar a los exgerentes, por ser una corporación sin ánimo de lucro y regida por el derecho privado.
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El ente de control justificó su decisión teniendo presente que se trata de una entidad descentralizada, con participación mayoritaria del departamento de Santander, de carácter cultural, turístico y empresarial, siendo según la ley servidores públicos disciplinables.
En fallo de primera instancia se calificó la falta de los exdirectores de Panachi, como gravísima a título de dolo, porque conocían de la ilicitud de su comportamiento y decidieron voluntariamente actuar contra la ley.