Ciudades

Procuraduria General de la Nacion

Procuraduría destituyó e inhabilitó dos funcionarios en Heliconia

La medida del ente de control es por 11 años en contra de los dos exsecretarios, por falsedad en documento.

Procuraduría destituyó e inhabilitó dos funcionarios en Heliconia

Procuraduría destituyó e inhabilitó dos funcionarios en Heliconia / PueblosAntioquia.com (Cortesía)

Antioquia

En un fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad por 11 años de los exsecretarios de Salud y Bienestar Social, Mónica Alexandra Velásquez Montoya, y de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Silverio Arnulfo González Estrada, por posesionarse y mantenerse en el cargo sin acreditar los requisitos de Ley.

La Procuraduría Regional de Antioquia confirmó que los disciplinados tomaron posesiones conscientes de que la información suministrada en la hoja de vida de la Función Pública y los documentos presentados como soporte, no correspondían con la realidad de su formación académica.

El ente de control corroboró a través de un certificado expedido por el Departamento de Admisiones, Registro y Control Académico de la Universidad Cooperativa de Colombia, que Velásquez Montoya no era graduada en Administración de Empresas de esa institución.

Lea también: Se confirman los primeros indígenas con COVID-19 en Antioquia

Lea también: Aníbal Gaviria calificó como sorpresiva decisión de la Corte Suprema

Lea también: Conozca las excepciones para la cuarentena de este fin de semana

También ratificó mediante información suministrada por la Universidad Pontifica Bolivariana, que González Estrada no tenía título en Filosofía, por lo que los diplomas carecen de validez.

El Ministerio Público destacó que, si bien los disciplinados contaban con la experiencia para el 1 de enero de 2016, reincidieron en el incumplimiento de la formación académica exigida en el manual de funciones y competencias del municipio vigente para la época, según lo establecido en el Decreto Ley 785 de 2005, sin embargo, aceptaron nuevamente los nombramientos del alcalde de la época.

La Procuraduría en fallo de segunda instancia confirmó la calificación de la falta de los exfuncionarios como grave, a título de dolo, por desconocer el principio de moralidad que obliga a los servidores públicos actuar con rectitud, lealtad y honestidad, y ordenó la compulsa de copias a la Dirección de Fiscalías de Antioquia para que adelante el respectivo proceso al que hubiera lugar por presentar documentación falsa.

Contra la presente providencia no procede recurso.

 

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad