Recomendaciones para propiedad horizontal en tiempos de cuarentena
La Veeduría Distrital aclaró que no existe orden alguna para conjuntos residenciales
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Recomendaciones para propiedad horizontal en tiempos de cuarentena(Colprensa/Archivo)
La Veeduría Distrital sugirió “no hacer recomendaciones de conductas relativas al uso de los bienes comunes de la propiedad horizontal distintas a las reguladas en el Decreto 593 de 2020 y la Ley 675 de 2001 pues se puede dar lugar a equívocos y confusiones, e inclusive podría – como en efecto se ha conocido en redes sociales – derivar en desentendimientos y conflictos entre copropietarios y administradores de propiedades horizontales”.
Además, aclara que “ni el Decreto Legislativo 579 de 2020 o el Decreto ordinario 593 de 2020 no contienen norma específica o prohibición de circulación sobre bienes comunes” y que tampoco “la Ley 675 de 2001 faculta a los administradores a establecer prohibiciones”.
Recomendaciones
La Alcaldía de Bogotá, a través del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, IDPAC, entregó una serie de recomendaciones para el autocuidado y cuidado colectivo a los copropietarios y administradores de propiedades horizontales en la capital.
La Alcaldía informó que, “según lo dispuesto en el artículo tercero, numeral 24 del decreto 457 de 2020, donde se establecen excepciones y lineamientos en las actividades de aseo en zonas comunes de propiedad horizontal, y haciendo énfasis en el protocolo para garantizar la seguridad y salubridad de personal de servicios generales y residentes”, el IDPAC recomienda:
Para los administradores y consejos de administración
Deberán reunirse con la empresa de seguridad, personal de servicios generales y proveedores para informar que es la COVID-19 y el porqué se deben tomar medidas de limpieza y desinfección permanentes en las áreas comunes, así como tomar las siguientes medidas:
Aumentar la frecuencia de limpieza y desinfección de piso, ascensores, botones de control, pasamos de escaleras, manijas, cerradura de puertas, timbres, citófonos, rejas y entradas principales.
Establecer personal y horarios de trabajo, de acuerdo con el servicio de aseo y recolección en su localidad.
Establecer la entrega de elementos de protección y seguridad a cada operario de servicios generales de la propiedad horizontal.
Permanecer al tanto de la salud de cada operario de servicios generales.
Mantener contacto permanente con el personal y comunicación directa con la Administradora de Riesgos Laborales.
Actualizar a los residentes a través de carteleras sobre COVID-19.
Mantener durante la contingencia gel antibacterial a la vista en áreas comunes.
Restringir el uso de salones sociales y comunales.
Restringir el acceso a la propiedad horizontal de domicilios
Restringir las labores de mantenimiento al interior de las viviendas con personal externo.
Para los copropietarios y residentes:
Recibir domicilios únicamente en la portería.
Notificar inmediatamente a la EPS si alguien presenta síntomas de COVID-19.
Cumplir el protocolo de autocuidado con el lavado de manos y elementos de protección.
Mantener a los niños en lo posible dentro de la vivienda.
Evitar visitas a otros apartamentos, reuniones sociales dentro y fuera de la unidad.
Designar a un miembro adulto de la familia para recibir domicilios en la portería.
También se recomienda establecer protocolos “de información ante cualquier sospecha de un evento por COVID-19, e inmediatamente la limpieza y desinfección del recorrido realizado por el enfermo de COVID-19”.
“Vigilantes, personal de servicios generales y proveedores de la propiedad horizontal deben utilizar los elementos de protección personal como tapabocas o máscaras, siempre que el desarrollo de sus actividades implique contacto a menos de un metro de las personas”, dice el Distrito.