Ciudades

JUDICIAL

PGN abrió indagación preliminar contra Luz Piedad Valencia Franco

La investigación está relacionada con el proceso de licitación de las obras de valorización.

PGN abrió indagación preliminar contra Luz Piedad Valencia Franco

PGN abrió indagación preliminar contra Luz Piedad Valencia Franco / Prensa Campaña: Luz Piedad Valencia Franco

Quindío

Mediante un comunicado de prensa La Procuraduría General de la Nación, PNG, anunció la apertura de indagación preliminar contra la ex alcaldesa de Armenia y hoy candidata al Senado de la República por el partido Liberal Luz Piedad Valencia Franco, por presuntas irregularidades en el proceso de licitación pública para el ajuste, diseño y construcción de vías en la capital quindiana, financiados con recursos de valorización.

 Según el comunicado del ministerio público: “La Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal busca determinar la ocurrencia de una posible falta disciplinaria debido a que presuntamente la suma de $80.468’581.682, valor de la cuantía con la que se adelantó el proceso licitatorio No. DAJ-LP-010-2015, no se ajusta a la realidad de las obras”.

El proceso licitatorio tenía por objeto el “ajuste a diseños y construcción de las vías, Vía Montecarlo Tramo II, Avenida de Occidente Tramo III, Vía del Yulima (Cra 19 –Av.Occidente Tramo III), Vía la Colonia (Conexión Nogal carrera 11 entre calles 17N y 19N) y Avenida 19 Norte Tramo II (Carrera 14ª Av. Centenario), que hacen parte del plan de obras a financiar a través de la contribución de valorización en el municipio de Armenia, departamento de Quindío”.

Con base en el comunicado y la investigación de la Procuraduría General de la Nación, se espera determinar si hubo o no incumplimiento en el cronograma de actividades, ya que las fechas registradas en el SECOP, presuntamente no concuerdan con las fechas en las que se empezaron las obras y el tiempo de ejecución es diferente, situaciones que de alguna manera podrían demostrar supuestas irregularidades en la etapa precontractual y contractual del proceso licitatorio.

Por último, la PGN en su comunicado de prensa señala que se decretó la práctica de diferentes pruebas con el fin de verificar la ocurrencia de la conducta y determinar si es constitutiva de falta disciplinaria.

Ex alcaldesa de Armenia se defiende de los señalamientos

Sobre este caso, la ex alcaldesa de Armenia Luz Piedad Valencia Franco se refirió mediante un comunicado de prensa que hizo llegar a los medios de comunicación de manera digital en el que expresa textualmente: “Aunque no he sido notificada formalmente, el día de hoy 24 de noviembre de 2018 me entero sobre la apertura de indagación preliminar por parte de la Procuraduría General de la Nación respecto al trámite del proceso de licitación pública DAJ-LP-O10 de 2015 mediante el cual se adjudicó y contrato el segundo paquete de obras de valorización en la ciudad de Armenia, con ocasión de queja presentada por la CORPORACIÓN QUINDIO COMPETITIVO y queja anónima.

 Sea preciso resaltar que los hechos materia de queja fueron objeto de observación dentro del proceso de licitación pública DAJ-LP-010 de 2015 los cuales fueron estudiados y contestados de fondo por la administración municipal y que pueden ser consultados por cualquier ciudadano en el portal único de contratación estatal SECOP www.contratos.gov.co , en el cual se encuentra publicada toda la información precontractual. Adicionalmente sobre los mismos hechos se presentó acción de tutela en contra del Municipio de Armenia por el trámite de dicho proceso, la cual fue fallada a favor de la entidad territorial argumentando el juez de conocimiento que en el trámite precontractual se respetó el debido proceso.

 Se suma queja anónima que manifiesta que el proceso de valorización no contó con estudios técnicos, situación que es absolutamente contraria a la realidad ya que los expedientes contractuales del proceso de selección contienen todos los estudios técnicos de soporte, no obstante quiero resaltar que dicho hecho ya fue puesto en conocimiento del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL QUINDÍO - SALA QUINTA DE DECISIÓN, dentro del proceso con radicación 63001-3333-003-2016-00075-01 (2016-743), quien en fallo del primero (1) de junio de dos mil diecisiete (2017), de forma expresa manifestó lo siguiente:

De acuerdo con lo expuesto, puede la Sala concluir dos cosas: primera, el Municipio de Armenia sí planificó, estudió y estructuró debidamente el cobro efectuado por valorización; la imposición de la contribución aprobada por el Concejo Municipal no fue producto de una improvisación de la entidad territorial; (…)”.

 No obstante lo anterior es deber de la Procuraduría General de la Nación darle trámite a las quejas que sean allegadas a su despacho y por lo tanto lo correcto era iniciar la indagación preliminar respectiva, dentro de la cual compareceré en caso de ser requerida para dar las explicaciones a que haya lugar que sirvan de prueba de que el proceso de licitación pública DAJ-LP-010 de 2015 se tramitó estricta con observancia del Estatuto General de Contratación Estatal”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad