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Secretaría de Interior extenderá operativos de control de menores de edad a edificios

La medida se endurece por el caso de la menor de edad que cayó desde un piso 24

(Alcaldía de Cartagena)

Cartagena de Indias

El secretario de interior de Cartagena Fernando Niño confirmó que por este caso, los operativos de control para proteger a los menores de edad se extenderán a hoteles y edificios de la ciudad para que se tengan en cuenta los requisitos de acompañamiento por parte de los padres de familia o un adulto responsable.

“Se intensificara los operativos con policía de infancia y adolescencia, vamos a invitar a bienestar familiar a comisarios de familia y vamos a hacer campañas de prevención y reacción en los casos que veamos menores de edad por fuera de los horarios permitidos. Después de 10 de la noche le recordamos a los padres que los menores no pueden estar sin la compañía de estos o la de un adulto responsable los menores de edad.”

El funcionario además resaltó que los controles se intensificaran en establecimientos nocturnos y de consumo de bebidas alcohólicas.

“También vamos a hacer control en los establecimientos de comercio a fin de verificar que no haya menores de edad consumiendo bebidas alcohólicas, situación que está prohibida porque en estos sitios se prohíbe la entrada de menores de edad.”

La secretaría recuerda que hay varias instituciones que hacen parte de la red de denuncias por abusos contra menores de edad en Cartagena donde se pueden dar a conocer este tipo de casos

“Además vamos a hacer todo un grupo de trabajo donde vamos a trabajar en campañas de prevención en los colegios, en campañas de prevención con los padres de familia cuando todos los menores de edad cuando sean vulnerados algunos de sus derechos puedan acudir a los equipos que tienen como son las comisarías de familia y el Bienestar Familiar para que se le preste todo el apoyo sicosocial para el restablecimiento de sus derechos.”

'Ley Zanahoria'

Desde el pasado 12 de febrero de 2016 está vigente el decreto número 0232 el cual establece que los menores de edad no pueden circular sin la compañía de cualquiera de sus padres, representante legal o persona mayor responsable, en lugares considerados de uso público y privados en el horario comprendido desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana.

De igual manera, la Policía Nacional puede dar cumplimiento a las funciones contenidas en el artículo 89 de la Ley 1098 de 2006, sobre el ingreso de los niños, niñas y adolescentes a establecimientos destinados a juegos de suerte y azar, venta de licores, cigarrillos o productos derivados del tabaco, así como cualquier sustancia alucinógena y espectáculos con contenido para mayores.

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