Detienen construcción en páramos de La Calera
Una sentencia suspendió artículo del POT que delimitaba los páramos y subpáramos a partir de los 3.200 metros, al no encontrar fundamentos técnicos para dicha medición.

Un artículo que delimitaba los páramos y subpáramos a partir de los 3.200 metros en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del municipio de La Calera, fue suspendido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca quien argumento que fue expedido sin competencia y sin los estudios técnicos pertinentes, al fallar una acción popular interpuesta por el Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario.
“Hasta tanto no se surtan los procedimientos y estudios requeridos para que el municipio de La Calera pueda disponer una delimitación adecuada de los páramos y subpáramos, no se podrán otorgar licencias ni permisos ambientales”, explicó Sebastián Senior, investigador y abogado del Universidad del Rosario.
Actualmente se interpuso un recurso de apelación para que los artículos del POT de La Calera, que se encuentran a la espera de modificación, sean suspendidos hasta que se realicen los ajustes respectivos.
Igualmente, se está a la espera de que el Consejo de Estado se pronuncie frente a la suspensión de otros artículos del POT del municipio, para que se aumente el rango de protección y no se intervengan zonas de gran importancia ambiental, fundamentales para la producción del agua que consumen La Calera, Bogotá y diferentes municipios aledaños, anotó Senior.




