Juez de Heliconia levantó medida que mantenía vigente la Asamblea de Comfenalco del 31 de agosto
El actual interventor deberá convocar una nueva asamblea cuando reciba toda la información pendiente del anterior interventor.

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Medellín, Antioquia
El Juzgado Promiscuo Municipal de Heliconia, Antioquia, dejó sin efectos la medida provisional que había decretado el pasado 24 de agosto dentro de una acción de tutela promovida contra Comfenalco Antioquia. La decisión modifica el escenario que hasta ahora mantenía vigente la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria prevista para el 31 de agosto de 2026.
La medida provisional inicialmente había suspendido la Resolución AEI 225 de 2026, del 20 de agosto, y había dejado vigente la Resolución 221 del 12 de agosto, mediante la cual se había convocado la Asamblea General Extraordinaria de la caja de compensación para este lunes 31 de agosto.
Con la decisión adoptada este miércoles 26 de agosto, el juzgado dejó sin efectos en su totalidad esa medida provisional. Por lo tanto, la convocatoria del 31 de agosto que había quedado vigente como consecuencia de aquella medida deja de tener ese respaldo, mientras el actual agente interventor adelanta el proceso necesario para realizar una nueva convocatoria.
El problema está en el empalme de la intervención
Para adoptar la decisión, el juez revisó las respuestas presentadas por Fabián Vicente Mayo Olaya, actual agente interventor de Comfenalco Antioquia; Juan Sebastián Masmela Zapata, apoderado judicial de la Superintendencia del Subsidio Familiar; y Diego Estrada Giraldo, procurador 10 Judicial II para asuntos civiles de Medellín.
Uno de los elementos centrales fue la situación del proceso de empalme entre el anterior y el actual interventor.
Según lo expuesto ante el despacho, Luis Eduardo Grajales Ceballos, anterior interventor de Comfenalco Antioquia, no habría entregado a su sucesor toda la documentación requerida sobre la situación jurídica, administrativa, financiera, contable y operativa de la caja, incluidos los documentos relacionados con el proceso de empalme.
El actual agente interventor manifestó, por esta razón, que todavía no cuenta con el conocimiento y la información necesarios para presidir la Asamblea General Extraordinaria.
El juzgado consideró que este argumento daba mayor claridad sobre las consecuencias de mantener la medida provisional y concluyó que sostenerla podía terminar generando un perjuicio mayor.
El auto señala que mantener la medida causaría “un daño mayor” y sería gravoso para la entidad o terceros frente al beneficio que aportaría.
Los afiliados conservan su derecho a participar
El juez aclaró que levantar la medida provisional no significa eliminar los derechos de los afiliados de Comfenalco Antioquia.
De acuerdo con la decisión, los empleadores afiliados mantienen intactos sus derechos de “asistir, deliberar y votar” en la Asamblea General Extraordinaria.
El despacho consideró que no existe un perjuicio irremediable para el accionante porque el derecho de participación permanece garantizado cuando el actual agente interventor realice la nueva convocatoria.
La decisión, además, precisa que el agente interventor deberá convocar una nueva Asamblea General Extraordinaria una vez cuente con toda la información que requiere para adelantarla.
Y establece una condición expresa sobre ese proceso: la nueva convocatoria deberá hacerse “sin dilaciones infundadas”.
La tutela todavía no termina
El levantamiento de la medida provisional no representa una decisión definitiva sobre la tutela.
El juzgado ordenó continuar con el trámite de la acción constitucional hasta adoptar la decisión de fondo que corresponda.
Mientras tanto, el escenario para la Asamblea General Extraordinaria cambia: la convocatoria que estaba prevista para el 31 de agosto había quedado vigente únicamente por efecto de la medida provisional del 24 de agosto, y esa medida acaba de ser dejada sin efectos por el mismo juzgado.
Ahora será el actual agente interventor de Comfenalco Antioquia quien, una vez complete la información pendiente del proceso de empalme, deberá definir una nueva fecha, hora y lugar para la realización de la Asamblea General Extraordinaria.

Sebastián Estrada Ramírez
Premio Nacional de Periodismo Simón Bolívar en Investigación en audio. Me dedico a la actualidad, política...




