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¿Qué documentos necesita para presentar la declaración de renta 2026? Esto dice la DIAN

Los colombianos deben presentar varios documentos junto al formulario 210 en su declaración de renta.

Logo de la DIAN e imagen de referencia de documentos. Fotos: DIAN / Getty Images

El calendario tributario de la DIAN para personas naturales inició el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026. Durante este periodo, los colombianos que cumplan los requisitos para presentar la declaración de renta deberán adjuntar el formulario 210, el cual se debe diligenciar con datos financieros del año fiscal 2025.

Vea aquí: Consulte con cédula si debe declarar renta en 2026: Fecha límite según últimos dígitos del documento

¿Qué documentos necesita para la declaración de renta 2026?

Desde la entidad precisan que son varios los documentos que se deben tener en cuenta al momento de realizar la declaración de renta:

  • RUT actualizado.
  • Cédula de Ciudadanía
  • Extractos de las cuentas bancarias que posea.
  • Declaración del Impuesto Predial y escritura de bienes inmuebles.
  • Factura de compra de vehículos.
  • Certificado de ingresos y retenciones.
  • Certificado de ingresos por honorarios, comisiones y servicios.
  • Certificados de rendimientos financieros (CDT, fondos de inversión, acciones, etc)
  • Certificado de medicina prepagada, en caso de contar con ella.
  • Certificado de deudas o créditos solicitados a 31 de diciembre de 2025.
  • Certificado de intereses pagados por créditos hipotecarios.
  • Certificado de pago de intereses de vivienda.
  • Certificado de aportes voluntarios a fondos de pensiones.
  • Copia de la declaración de renta del año anterior (año fiscal 2024).

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“Todos estos documentos conforman cada una de las estructuras del formulario 210, afirmó Víctor García, subdirector de Recaudo de la DIAN.

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¿Cuáles son los requisitos para declarar renta en 2026?

  • Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas (IVA) a 31 de diciembre de 2025.
  • Que su patrimonio bruto, a 31 de diciembre de 2025, haya sido superior a 4.500 unidades de valor tributario (UVT): $224.096.000.
  • Que, en 2025, sus ingresos brutos hayan sido iguales o superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
  • Que sus consumos con tarjeta de crédito, en 2025, hayan sido superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
  • Que el valor total de sus compras y consumos, en 2025, haya sido superior a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.
  • Que, en 2025, el valor total acumulado de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras haya sido superior a 1.400 UVT, es decir, $69.719.000.

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¿Declarar renta significa pagarla?

No en todos los casos. Declarar renta en Colombia 2026 significa que, si cumple con los requisitos, debe entregarle el registro a la DIAN para que sepan de dónde provienen sus ingresos, gastos y bienes del año anterior.

¿Cuándo se paga renta en Colombia?

Para el 2026, los colombianos deben pagar renta en estos casos:

  • Si las deducciones y retenciones son menores al impuesto calculado.
  • Si se superan los topes de patrimonio.
  • Si los ingresos dan saldo a favor del Estado.

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Listado de personas que declaran renta en septiembre y octubre 2026

Las personas cuyas cédulas terminen en los siguientes números deben presentar su declaración de renta máximo en estas fechas:

  • 27 y 28: lo harán el 1 de septiembre
  • 29 y 30: lo harán el 2 de septiembre
  • 31 y 32: lo harán el 3 de septiembre
  • 33 y 34: lo harán el 4 de septiembre
  • 35 y 36: lo harán el 7 de septiembre
  • 37 y 38: lo harán el 8 de septiembre
  • 39 y 40: lo harán el 9 de septiembre
  • 41 y 42: lo harán el 10 de septiembre
  • 43 y 44: lo harán el 11 de septiembre
  • 45 y 46: lo harán el 14 de septiembre
  • 47 y 48: lo harán el 15 de septiembre
  • 59 y 50: lo harán el 16 de septiembre
  • 51 y 52: lo harán el 17 de septiembre
  • 53 y 54: lo harán el 18 de septiembre
  • 55 y 56: lo harán el 21 de septiembre
  • 57 y 58: lo harán el 22 de septiembre
  • 59 y 60: lo harán el 23 de septiembre
  • 61 y 62: lo harán el 24 de septiembre
  • 63 y 64: lo harán el 25 de septiembre
  • 65 y 66: lo harán el 28 de septiembre
  • 67 y 68: lo harán el 1 de octubre
  • 69 y 70: lo harán el 2 de octubre
  • 71 y 72: lo harán el 5 de octubre
  • 73 y 74: lo harán el 6 de octubre
  • 75 y 76: lo harán el 7 de octubre
  • 77 y 78: lo harán el 8 de octubre
  • 79 y 80: lo harán el 9 de octubre
  • 81 y 82: lo harán el 13 de octubre
  • 83 y 84: lo harán el 14 de octubre
  • 85 y 86: lo harán el 15 de octubre
  • 87 y 88: lo harán el 16 de octubre
  • 89 y 90: lo harán el 19 de octubre
  • 91 y 92: lo harán el 20 de octubre
  • 93 y 94: lo harán el 21 de octubre
  • 95 y 96: lo harán el 22 de octubre
  • 97 y 98: lo harán el 23 de octubre
  • 99 y 00: lo harán el 26 de octubre

Felipe Lara

Comunicador social y periodista de la universidad...