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Superservicios multa a regasificadora SPEC por falta de veracidad en reportes financieros

Tras un proceso de investigación, la entidad determinó que la empresa incurrió en un incumplimiento regulatorio al reportar al Sistema Único de Información, reportes financieros carentes de veracidad, calidad y confiabilidad

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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios resolvió una investigación administrativa sancionatoria contra la Sociedad Portuaria El Cayao S.A. E.S.P. (SPEC LNG) de Cartagena, por el reporte inadecuado de datos financieros y operativos al Sistema Único de Información (SUI).

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Este sistema es la plataforma oficial, administrada por la Superservicios, que se encarga de recopilar, almacenar y publicar la información financiera, técnica y comercial que reportan todas las empresas de servicios públicos domiciliarios del país, por lo que la falta de veracidad en la misma, compromete la capacidad de la autoridad para realizar análisis regulatorios sectoriales y garantizar la transparencia en el mercado.

Tras un proceso de investigación, la entidad determinó que SPEC LNG incurrió en un incumplimiento regulatorio al reportar al SUI información financiera, correspondiente a la vigencia 2022, carente de veracidad, calidad y confiabilidad, al clasificar ingresos por valor de $2.601 millones, derivados de la “disponibilidad de la terminal” como una actividad “no vigilada”.

Tras el análisis técnico y probatorio, la Superservicios concluyó que dichos recursos están intrínsecamente vinculados a la actividad de regasificación y, por lo tanto, debieron reportarse como una actividad vigilada. La disponibilidad no es un servicio autónomo, sino la garantía de capacidad operativa indispensable para la prestación del servicio público.

La conducta descrita constituye un incumplimiento a las obligaciones establecidas en:

• El artículo 53 de la Ley 142 de 1994.

• El artículo 8 de la Resolución CREG 080 de 2019.

• El artículo 6 de la Resolución Superservicios No. 20161300013475 de 2016.

• La Circular Externa SSPD No. 000001 de 2006.

Como resultado de este proceso, la Superintendencia impone una multa por un valor de $427.050.000.

La Superservicios reitera a todas las empresas prestadoras la importancia de dar cumplimiento a los estándares de calidad, veracidad y oportunidad en el reporte de información al SUI, pues es el insumo fundamental para que la entidad cumpla con sus funciones de inspección, vigilancia y control.

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