Cuál es el valor de las cesantías de alguien que trabajó 6 meses ganando $2.500.000: Calculamos
Los intereses de cesantías están contemplados en Colombia como un pago adicional que reciben los trabajadores a esta prestación.

Imagen de referencia, foto Gettyimages y Canva.

Según la Superintendencia Financiera de Colombia, las cesantías son la ayuda económica que tienen los trabajadores cuando quedan ‘cesantes’, es decir, cuando quedan desempleados.
Esta prestación social es un ahorro, el cual las empresas están obligadas a pagar de forma anual. Por cada año de trabajo se acumula un mes de sueldo que debe ser guardado en un fondo de cesantías, que solo puede ser retirado para usarse en alguno de estos tres casos:
- Cuando a la persona empleada se le termina el contrato o si llega a ser despedida.
- Para vivienda, bien sea para compra o remodelación.
- Para educación, es importante señalar que aplica para el trabajador, esposa o hijo.
La entidad también mencionó que, si el empleado no completa el año en su función, de todas formas recibirá cesantías por el tiempo que trabajó, pero en este caso no se le da el sueldo de un mes completo, sino una parte, la misma que debe ser proporcional al tiempo que estuvo en labor.
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Según explica el Ministerio de Justicia, la fórmula para calcular los intereses de las cesantías consiste en tomar el valor de las cesantías y multiplicarlo por los días que trabajó a lo largo del año calendario. A su vez, este resultado se multiplica por 0,12 (el equivalente al 12%) y lo obtenido se divide entre 360.
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Por ejemplo, si una persona gana el valor correspondiente a 2.500.000, el proceso para calcular los intereses de las cesantías es el siguiente:
2.500.000 X 270 X 0,12 / 360 = 225.000 pesos
Así las cosas, el empleador deberá consignar un total de 225.000 pesos en la cuenta de nómina del trabajador y así se le reconozca el pago por intereses de cesantías. De lo contrario, deberá asumir una multa correspondiente a un salario mínimo por cada día de retraso al momento de depositar la suma correspondiente.
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¿Cómo se pagan los intereses de cesantías en Colombia?
La ley 50 de 1990 contempla la forma en la que el empleador debe realizar el pago de los intereses de cesantías para cada uno de sus trabajadores: “El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente“, señala el artículo 99.
En ese orden de ideas, siempre se toma en cuenta una tasa del 12% anual sobre el valor de las cesantías acumuladas, así como el tiempo acumulado durante el año, para calcular el valor que le corresponde a cada empleado en los intereses de cesantías.
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