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Caso de pederastia: juez legalizó capturas de sacerdote y su hermano

La Corte Suprema de Justicia condenó a los hermanos por hechos ocurridos en 2013. Las capturas se hicieron efectivas en el departamento del Guaviare.

Imagen de referencia de pederastia. Foto: Getty Images.

Imagen de referencia de pederastia. Foto: Getty Images. / Ana Paula Avila / 500px

Imagen de referencia de pederastia. Foto: Getty Images.

Justicia

El juez 26 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá legalizó las capturas del sacerdote Jaime Alonso Vásquez y de su hermano, Carlos Fernando Vásquez, quienes fueron detenidos en el Guaviare para dar cumplimiento a la condena.

En contexto: Corte condena a excongresista y a su hermano por abuso sexual prolongado contra un menor en Guaviare

La Corte Suprema de Justicia les impuso penas de 21 años de prisión para Jaime Alonso Vásquez y de 20 años y 6 meses para Carlos Fernando Vásquez, además de la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, tras ser hallados culpables del delito de acceso carnal violento agravado.

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Caso

El abuso sexual de un menor de edad ocurrido en 2013 en el departamento de Guaviare dio origen al caso que hoy terminó en una sentencia de la Corte Suprema de Justicia al resolver una demanda de casación interpuesta por la víctima, Francisco Javier Bohórquez.

Aunque habían sido absueltos, la Sala de Casación Penal encontró fallas graves en la valoración probatoria realizada por el tribunal de segunda instancia.

De acuerdo con el fallo, el análisis previo desconoció elementos clave del expediente y desestimó de manera indebida el testimonio de la víctima. La Corte concluyó que el relato fue consistente y permitió evidenciar un contexto de violencia sistemática, así como un control prolongado ejercido por los condenados, especialmente en el ámbito económico.

El alto tribunal también cuestionó que la absolución se sustentara en la ausencia de signos físicos visibles de agresión. Según los magistrados, esa exigencia no es determinante en casos de abuso sexual y no puede restar credibilidad a la denuncia.

Asimismo, la Corte rechazó la interpretación según la cual la falta de resistencia por parte de la víctima implicaría consentimiento. En su análisis, indicó que no existen patrones únicos de comportamiento frente a este tipo de hechos y que la ausencia de oposición no invalida la ocurrencia del delito.

Jenny Rocio Angarita

Jenny Rocio Angarita

Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social...

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