Capacitación de Jurado de Votación 2026: ¿son obligatorias? Registraduría Nacional responde
Conozca también cómo se elaboran las listas de jurados de votación

Imágenes de referencia de elecciones en Colombia, mensaje de texto de estada. Fotos: Getty Images / suministrada
La Registraduría Nacional recordó que las capacitaciones para jurados de votación son de carácter obligatorio. Estas jornadas se realizan de manera presencial, tienen una duración aproximada de una hora y media y son programadas con anticipación, generalmente mediante notificación enviada al correo electrónico de los ciudadanos seleccionados.
En caso de haber sido designado como jurado de votación, figura que cumple funciones como funcionario público transitorio, y no haber recibido la citación a la capacitación, esto no exime al ciudadano de cumplir con el proceso. Por esta razón, deberá acercarse a la sede de la Registraduría más cercana para consultar los horarios y lugares habilitados para recibir la formación.
Asimismo, quienes ya hayan ejercido como jurados en elecciones anteriores y hayan sido seleccionados nuevamente para los comicios presidenciales deberán asistir otra vez a la capacitación correspondiente.
Como complemento, la Registraduría dispone del Sistema Integral de Capacitación Electoral (SICE), una plataforma virtual donde los jurados pueden acceder a información detallada y materiales de apoyo que refuerzan la capacitación presencial.
¿Quiénes son los jurados de votación 2026?
Los jurados de votación son ciudadanos encargados de atender a los sufragantes durante la jornada electoral, realizar el preconteo de votos y diligenciar los formularios oficiales con los resultados de la mesa.
¿Cómo se elaboran las listas de jurados de votación?
Las listas de jurados de votación se construyen mediante un software desarrollado por la Registraduría Nacional, el cual se nutre de la información enviada por diferentes entidades, entre ellas:
- Los responsables de recursos humanos de las entidades públicas.
- Los encargados de recursos humanos de las empresas privadas.
- Los directorios de los partidos políticos.
- Las universidades e instituciones educativas.
Cada una de estas organizaciones está obligada a ingresar directamente los datos requeridos en la plataforma web dispuesta por la Registraduría.
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¿Qué requisitos deben cumplir los jurados de votación en Colombia?
Para ser jurado de votación, los ciudadanos deben:
- Estar en ejercicio de sus derechos políticos.
- Tener entre 18 y 65 años.
¿Quiénes pueden ser designados como jurados de votación?
Pueden ser seleccionados como jurados de votación:
- Funcionarios y empleados del sector público.
- Trabajadores de empresas privadas.
- Estudiantes de educación superior mayores de 18 años.
- Miembros de partidos y movimientos políticos.
¿Quiénes no pueden ser jurados de votación?
No pueden ser designados como jurados:
- Menores de 18 años y mayores de 65 años.
- Funcionarios de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Primeras autoridades civiles del orden nacional, departamental o municipal.
- Funcionarios que desempeñan tareas electorales.
- Miembros de las Fuerzas Armadas.
- Operadores y auxiliares del Ministerio de Comunicaciones, empresas de telecomunicaciones y telefonía.
- Funcionarios de la Administración Postal Nacional.
- Integrantes de directorios políticos.
- Candidatos a corporaciones públicas, sus cónyuges o familiares hasta segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero civil.
- Parientes del Registrador Nacional, registradores distritales, municipales o auxiliares, y de los delegados del Registrador, hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.
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