Justicia

Advertencia preventiva al alcalde de Cúcuta por parte de la Procuraduría por contrato de acueducto

El alcalde Jorge Acevedo y Diego Mora de la Empresa de Acueducto debían declarar la caducidad del contrato con Aguas Kpital y no lo han hecho.

Jorge Acevedo, alcalde de Cúcuta / Foto: Caracol Radio

Jorge Acevedo, alcalde de Cúcuta / Foto: Caracol Radio

Por omisiones graves frente al contrato de acueducto suscrito con Aguas Kpital, la Procuraduría General de la Nación lanzó una dura advertencia al alcalde de Cúcuta, Jorge Enriquel Acevedo y al gerente de la E.I.S. de la ciudad Diego Mora, esto por omisiones en la adopción de decisiones contractuales frente al contrato de operación del servicio público acueducto y alcantarillado.

“Advertencia preventiva por presunta omisión en la adopción de decisiones contractuales frente al contrato de operación del servicio público y acueducto y alcantarillado celebrado entre la E.I.S Cúcuta S.A. E.S.P. y Aguas Kpital Cucuta S.A”, indica el documento.

De hecho, la Contraloría ya declaró “daño patrimonial al Estado”, razón por la cual la Procuraduría advierte que seguir sin actuar podría traer inevitablemente sanciones disciplinarias a estos dos altos funcionarios a quienes les da un plazo de 5 días para responder.

El documento de la Procuraduría señala que ante la configuración de un incumplimiento grave de Aguas Kpital, un daño patrimonial declarado y una falla acreditada en la supervisión, tanto el alcalde Jorge Acevedo como el gerente de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Cúcuta, Diego Mora, tienen el deber de declarar la caducidad del contrato.

La Procuraduría otorgó un plazo improrrogable de cinco días hábiles para que la Alcaldía y la E.I.S. Cúcuta, hasta el 23 de enero, para remitan un informe detallado que explique qué decisiones administrativas y contractuales se han adoptado desde octubre de 2025, en qué estado se encuentra el análisis sobre la caducidad del contrato, las razones jurídicas, técnicas y fácticas para no haber tomado decisiones y las medidas adoptadas para proteger el patrimonio público.

La Procuraduría dejó en claro que la persistencia en estas omisiones podría derivar en la apertura de actuaciones disciplinarias formales para ambos funcionarios, conforme al Código Disciplinario.

Según el documento expedido por la Procuraduría, el proceso fiscal estableció tres hechos de máxima gravedad: daño patrimonial comprobado al Estado, conducta antieconómica y negligente del operador Aguas Kpital, al aplicar una estratificación distinta a la oficialmente adoptada por el municipio y también omisión grave de los funcionarios responsables de supervisión y control, tanto en la Alcaldía de Cúcuta como en la E.I.S. Cúcuta S.A. E.S.P., lo que habría permitido la utilización indebida de recursos públicos.

“Este despacho advierte de manera expresa que la persistencia y la omisión de decisiones contractuales exigibles, una vez configurado y declarado un daño patrimonial por la Contraloría General de la República, puede dar lugar a la apertura de actuaciones disciplinarias formales”, asegura.

Para el Ministerio Público, estos hechos no admiten ningún tipo de inacción, pues una vez conocido el pronunciamiento ya hecho por la Contraloría, la omisión prolongada deja de ser discrecional y pasa a configurar una inminente falta disciplinaria.

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