¿Adiós a los aumentos por salario mínimo en vivienda VIS? Nuevo borrador de decreto de MinVivienda
Con este decreto, se buscará que los precios de esta vivienda no se vean alterados por el aumento del salario mínimo: puntos claves de la normativa

MinVivienda publica borrador de decreto para desindexar el salario mínimo de precios de vivienda VIS
El Ministerio de Vivienda publicó este sábado, 10 de enero, el borrador de decreto con el que busca oficialmente desindexar el salario mínimo de los precios de la vivienda de interés social en Colombia (VIS). En esta normativa que propone el Gobierno nacional, se buscará que todos estos proyectos sean negociados en pesos colombianos y su precio no podrá aumentar, manteniéndose desde la firma del contrato hasta su finalización.
Con este decreto, se materializaría la propuesta del Gobierno nacional con la que buscarían evitar que los compradores de estas viviendas se vean afectados por el aumento del salario mínimo, que este año tuvo un aumento del 23%.
¿Se prohiben los proyectos de vivienda VIS en salarios mínimos?
En este decreto, que todavía falta que sea firmado para entrar en vigencia, se señala que desde la separación, promesa de compraventa, encargo fiduciario o cualquier negocio de un proyecto de vivienda VIS debe establecerse desde un principio en pesos colombianos. Además, señala que se prohíbe que las constructoras comercialicen los proyectos en precios asociados al salario mínimo.
En el decreto se lee: "En ningún caso dicho precio podrá quedar sujeto a mecanismos de indexación automática asociados al salario mínimo legal mensual vigente con posterioridad a la separación, a la suscripción de la promesa de compraventa o del documento que haga sus veces".
Además, señala que solo se permitirá que el precio de esta vivienda aumente durante la ejecución del proyecto en casos excepcionales, como cuando suben de manera comprobada los costos de construcción. Este aumento de la construcción debe ser comprobado e informado por parte del DANE; de lo contrario, no será válido el aumento.
Prácticas de las constructoras que van a ser sancionadas
El borrador del decreto señala que no cumplir con la fijación del precio del proyecto en pesos colombianos desde el inicio de la comercialización será considerada una práctica abusiva.
Además, indicó que, para efectos de la protección de los derechos del consumidor, se considerará abuso:
- La dilación injustificada de la firma de la promesa de compraventa o de la escrituración con el fin de cobrarle al consumidor los incrementos del salario mínimo.
- La inclusión o imposición de cláusulas que perjudiquen al comprador.
En caso de que la fecha pactada deba modificarse por causas no imputables al vendedor, se deberá informar y justificar con tiempo y oportunamente la prórroga al consumidor. En ningún caso se permitirá la modificación del aumento del precio sin argumentación.
¿En cuánto quedó el valor máximo de la vivienda de interés social para el 2026?
Finalmente, en el borrador de decreto se señala que el valor máximo de la vivienda VIS deberá ser equivalente a 135 salarios mínimos legales.



