Política

Consultas 26 de octubre: ¿Cómo saber si fue seleccionado como jurado de votación?

¿Qué pasa si usted fue asignado y no asiste? en Caracol Radio le contamos

Multa por no ser jurado de votación en octubre 2025: elecciones de Juventudes, fecha y detalles

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Colombia

El próximo 26 de octubre se realizará la jornada de consulta ciudadana en el país, y muchos ciudadanos desean saber si han sido seleccionados como jurados de votación, qué deben hacer y cuáles son las consecuencias de no presentarse.

A continuación, le explicamos paso a paso cómo consultar si fue designado y qué sanciones existen por incumplimiento.

¿Cómo saber si fui seleccionado como jurado de votación?

1. Ingrese al portal de la Registraduría Nacional del Estado Civil (www.registraduria.gov.co) y busque el apartado de “Consulta jurado de votación”.

2. Digite su número de cédula y sigue los pasos que allí se indiquen.

Aquí: Verifique si fue designado como jurado de votación para este 26 de octubre

3. También puede verificar en los listados que la Registraduría publica en lugares públicos del municipio o distrito correspondiente. El hecho de que no haya recibido comunicación personal no lo exime de la obligación.

4. Si fue seleccionado, la designación es de aceptación obligatoria. Según el Código Electoral (artículo 105), el cargo es de forzosa aceptación.

¿Qué hace un jurado de votación?

Los jurados de votación son ciudadanos encargados de atender a los electores, controlar el cumplimiento de la jornada electoral, verificar identidad, entregar tarjetas de votación, participar en el escrutinio, etc.

Debe presentarse en el lugar y hora asignados, cumplir con la capacitación si corresponde, y estar durante toda la jornada hasta completar el conteo y la entrega de actas.

¿Qué pasa si no asisto o abandono mi puesto como jurado?

No asistir o abandonar el cargo sin una causa justificada trae sanciones graves:

• Si usted es servidor público y fue designado jurado, puede ser destituido de su cargo.

• Si no es servidor público, la sanción puede ser una multa de hasta diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes (COP.14. 235.000)

¿Cuáles causales me exoneran de mi labor de jurado de votación?

Las causales de exoneración están previstas en el artículo 108 del Código Electoral:

  • Enfermedad grave del jurado o un familiar cercano
  • Muerte de un familiar el día de la elección o dentro de los tres días anteriores
  • Residir fuera del municipio donde fuiste designado

¿Y si sí asistí como jurado? ¿Tengo algún beneficio?

Sí. Quienes cumplen con el deber de jurado tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días siguientes al día de la elección.

Si el 26 de octubre le corresponde el papel de jurado de votación, es fundamental que verifique su designación, se presente puntual y cumpla con la función asignada.

No asistir sin justificación puede acarrear sanciones económicas o administrativas importantes. Por ello, consulte hoy mismo en la web de la Registraduría.

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