Hoy inicia el debate de la Reforma Pensional en la Corte: hay plantones y una recusación
El magistrado Jorge Enrique Ibáñez radicó la ponencia.

Reforma Pensional y la Corte Constitucional
JUSTICIA
La Sala Plena de la Corte Constitucional agendó en el punto 3 del orden del día de este 14 de octubre la discusión del expediente de la Reforma Pensional.
Los nueve magistrados de la Sala votarán la ponencia del magistrado sustanciador y presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, en la se argumenta si esta ley quedó bien corregida o no en la Cámara de Representantes, a dónde fue devuelta por vicios de procedimiento.
Para verificar esos vicios, el magistrado tuvo en cuenta una serie de pruebas y actas que solicitó a la Cámara de Representantes y a la Presidencia.
En este punto vale recordar que la Cámara no entregó una de las actas solicitadas debido a que no hubo cuórum en una de las sesiones extraordinarias que se convocaron para subsanar dicha ley.
Mientras avanza esa discusión, las centrales obreras convocaron a un plantón en la Plaza de Bolívar.
Recusación contra Héctor Carvajal
En esta sesión de la Sala Plena se deberá resolver una recusación interpuesta por la senadora Paloma Valencia, demandante de la Ley, en contra del magistrado Héctor Carvajal.
De acuerdo con Valencia, Carvajal estaría inhabilitado para participar de los debates, pues antes de ser magistrado, contrató con Colpensiones para conceptuar acerca de esta ley.
"En este contexto, y teniendo en cuenta que la Sala Plena de la Corte Constitucional puede llegar a tomar una decisión sobre la recusación formulada antes de que se falle la tutela interpuesta, solicito respetuosamente a su despacho considerar la posibilidad de requerir directamente a la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones para que entregue copia de los conceptos jurídicos que Héctor Carvajal presentó sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, de tal forma que la corporación cuente con la totalidad del soporte probatorio necesario para apartar al Magistrado Carvajal del proceso 15.989“, indica la demanda.
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En el concepto enviado a la Corte Constitucional el 18 de septiembre, el Ministerio Público reitera que estas actas de las sesiones extraordinarias cumplen una función de transparencia y fe pública a actos internos del Congreso.
No obstante, para la Procuraduría en el eventual caso de que se haya presentado alguna irregularidad, esto no tiene la virtualidad de viciar la legalidad de la Reforma Pensional (ley 2381 de 2024).
“Toda vez que las actas no hacen parte del trámite legislativo en sentido estricto, sino que se limitan a fungir como medios de prueba. En tal caso, la Corte Constitucional igual tiene otros medios de prueba idóneos, conducentes y pertinentes, que como las grabaciones de las sesiones, cumplen con los estándares exigidos por la misma Corte”, indica la Procuraduría.
En ese sentido, dice el Ministerio Público que esas actas no son el único método para verificar que se subsanó la ley de forma correcta, pues también están las grabaciones de las sesiones.
Cabe resaltar que para la última semana de septiembre el magistrado sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez, redactaría una ponencia que será debatida en Sala Plena y allí se determinará si se puede implementar el nuevo sistema pensional en el país.




