Consejo de Estado ordena la creación de PTAR en zonas rurales de Manizales
El alto tribunal ordenó al Municipio de Manizales, Aguas de Manizales, Corpocaldas y la Gobernación, presentar en un mes un plan de acción para construir y mejorar plantas de tratamiento de aguas residuales en las veredas.

Foto de referencia - Contaminación PTAR
Manizales
Ante problemática respecto al manejo de aguas residuales en las zonas rurales de Manizales, el Consejo de Estado resolvió una solicitud presentada por la Personería de Manizales donde ordenó la construcción de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, conocidas como PTAR, en las veredas.
El Alto Tribunal, reconoció la problemática generalizada en el manejo de aguas residuales en la zona rural de Manizales, tras una acción, donde a su vez, revocó un fallo del Tribunal Administrativo de Caldas que había negado las pretensiones de la Personería, y ordenó al Municipio de Manizales, Aguas de Manizales y Corpocaldas, con apoyo del Departamento de Caldas, presentar en un mes un plan de acción que incluya el diagnóstico de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, las obras requeridas y un cronograma de ejecución, así lo explicó el personero de Manizales, Juan Pablo Osorio Gallo.
“El reciente fallo del Consejo de Estado marca un hito para Manizales. Ordenar al Estado garantizar plantas de tratamiento de aguas residuales en la zona rural, una medida que representa justicia ambiental, pero también dignidad para nuestras comunidades rurales. No podemos seguir permitiendo que las quebradas y ríos que alimentan a nuestras veredas sigan recibiendo aguas contaminadas. Este fallo protege el derecho colectivo a un ambiente sano, al agua limpia y a la salud de miles de familias rurales”, indicó el funcionario.
Antecedentes
Lo anterior, teniendo en cuenta que para el año 2022, se tenían identificadas 13 PTAR en las veredas de Manizales y otra adscritas a Instituciones Educativas Rurales, de las cuales, 8 son operadas por Aguas de Manizales.
Un estudio de la Corporación Autónoma Regional de Caldas (Corpocaldas) concluyó que dichas plantas carecen de tratamiento y actualización de los permisos y advirtió sobre la existencia de olores nauseabundos, contaminación de fuentes hídricas y erosión en terrenos por vertimiento de aguas residuales en las laderas.
Por tal motivo, desde la Personería se presentó acción popular en contra de las entidades anteriormente nombradas para amparar la protección al medioambiente sano, la seguridad, la salubridad pública, el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna.
El funcionario destacó además que deberán iniciar las obras en un plazo máximo de seis meses y ejecutarlas en un año, mientras que Corpocaldas deberá adelantar procesos sancionatorios contra quienes viertan aguas residuales sin los permisos correspondientes.
“Desde la personería de Manizales, vigilaremos con rigor el cumplimiento de esta sentencia. No se trata solo de construir infraestructura, se trata de garantizar vida digna, equidad y futuro para nuestros niños y niñas en el campo. La justicia nos ha dado una ruta clara, proteger el agua y la vida en el campo. Nuestro compromiso es estar al lado de la comunidad hasta que cada familia vea este derecho hecho realidad”. Dijo el personero.
Con este fallo, el Consejo de Estado marca un precedente importante en la protección del medio ambiente y en la búsqueda de soluciones para garantizar un servicio público eficiente y digno en las zonas rurales de Manizales.
Lo que dicen las entidades requeridas por el alto tribunal
El alto tribunal concluyó que las entidades estatales han incumplido su obligación constitucional y legal de garantizar la prestación efectiva del saneamiento básico, pues, aunque existen planes y programas, su ejecución ha sido mínima. Esta omisión, señaló la sentencia, ha generado impactos ambientales graves en las fuentes hídricas y ha puesto en riesgo la salud y la dignidad de las comunidades rurales, hablamos con el gerente de la empresa Aguas de Manizales al respecto y esto es lo que nos dijo.
“Es importante mencionar que ya desde el año pasado el municipio de Manizales y Aguas de Manizales hemos venido haciendo acciones de cara al mantenimiento mejoramiento de las PTAR existentes. En ese orden de ideas en el año anterior hicimos un diagnóstico de dichas PTAR e hicimos mantenimiento a más de 25 de ellas en el a lo largo de los diferentes corregimientos. Igualmente, pues estamos analizando detalladamente las implicaciones del fallo para dar cumplimiento como corresponde”, dijo el funcionario.
Entre las órdenes impartidas por el Consejo de Estado se destacan:
- Plan de acción en un mes: Municipio, Gobernación, Corpocaldas y Aguas de Manizales deberán presentar un diagnóstico de las PTAR rurales, obras requeridas y cronograma de ejecución.
- Inicio de obras en seis meses: Tras la aprobación del plan, las entidades deberán adelantar las gestiones necesarias y comenzar las obras, que deberán ejecutarse en un plazo máximo de un año.
- Permisos de vertimiento: Aguas de Manizales deberá gestionar los permisos de vertimiento de aguas residuales, que Corpocaldas deberá resolver en tres meses, siempre que se cumplan los requisitos.
- Procesos sancionatorios: Corpocaldas deberá adelantar sanciones contra quienes hagan vertimientos sin permisos.
- Asistencia técnica: El Ministerio de Vivienda deberá acompañar técnicamente y tramitar proyectos para garantizar el alcantarillado rural.
Este fallo, considerado un precedente de alcance nacional, reafirma que el Estado no puede aplazar indefinidamente la garantía de servicios esenciales y que la protección del medio ambiente y la salud de la población rural.




