Economía

Se anuló multa a Gases de Occidente por más de 300 salarios mínimos legales vigentes

La Superintendencia de Industria y Comercio revocó sanción impuesta en primera instancia por tratamiento de datos personales sin la autorización de los titulares

Se anuló multa a Gases de Occidente por más de 300 salarios mínimos legales vigentes

El Departamento para la protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anuló la sanción por 360 SMLV impuesta en primera instancia a Gases de Occidente. La entidad insiste que no es necesaria una autorización previa por parte del titular cuando el tratamiento de sus datos es fundamental para cumplir un mandato constitucional o legal.

Dicha investigación resulta porque un ciudadano presentó un derecho de petición en el que hacía un reclamo frente al servicio público prestado por Gases de Occidente, por lo que la organización usó estos datos para responder la queja.

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Ante este hecho en la SIC establece según la ley 1581 de 2012 que primero se debe obtener una autorización formal y previa por parte del usuario para hacer uso de estos datos.

Sin embargo, en la apelación, la empresa argumentó que el titular al presentar el derecho de petición y suministrar voluntariamente sus datos de contacto como lo son el correo electrónico, dirección y teléfono aceptaba el tratamiento de estos.

La entidad concluyó que no hubo incumplimiento de los deberes, además, Gases de Occidente tenía como obligación legal y constitucional de dar una respuesta efectiva y de fondo a la reclamación.

Finalmente, la entidad gubernamental, reiteró que las empresas deben limitar el tratamiento a los datos personales estrictamente necesarios y salvaguardar la información con altos estándares de seguridad.

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