Corte Constitucional se declara incompetente para estudiar “decretazo” de consulta popular de Petro
Aseguran que es competencia del Consejo de Estado en su Sección Quinta que estudia los asuntos electorales.

Corte constitucional revisará tutela contra el presidente Petro.
JUSTICIA
El recien posesionado magistrado Héctor Carvajal, a través de un auto conocido por Caracol Radio, declaró la falta de competencia de la Corte Constitucional para pronunciarse de fondo sobre la legalidad del decreto 639 que convocaba a una cosulta popular en el país.
Luego de analizar amplia jurisprudencia en la materia, la Corte llega a la conclusión que el mencionado decreto, que ya fue derogado por el gobierno, se limita a ejercer una facultad administrativa de convocatoria ciudadana, sin regular materias reservadas a la ley, modificar normas de rango legal, o restringir derechos fundamentales.
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“En conclusión, el análisis conjunto de los criterios formal y material demuestra que el Decreto 639 de 2025 no constituye un acto jurídico sujeto al control constitucional de esta corporación. Desde la perspectiva formal, los fundamentos constitucionales no permiten identificar su naturaleza jurídica. Desde la perspectiva material, el contenido del decreto carece de fuerza normativa equiparable a la ley a la luz de la jurisprudencia constituciona", indica el magistrado sustanciador.
El estudio del decreto de consulta popular le corresponde al Consejo de Estado
La Corte reitera que el decreto 639 de 2025, está siendo objeto de control de legalidad en medio de control de nulidad en la Sección Quinta del Consejo de Estado, corporación competente para conocer de dichos decretos.
“El control constitucional no es exclusivo de este Tribunal, sino que es compartido por la jurisdicción contenciosa administrativa, quien ejerce el control constitucional de los decretos expedidos por el gobierno nacional", dice la Corte.
Cabe resaltar que el Consejo de Estado emitió una medida cautelar de suspensión mientras se analiza de fondo el asunto.
En ese orden de ideas, la Corte Constitucional remitió todas las demandas que llegaron al tribunal al Consejo de Estado para su respectiva acumulación y estudio.
El Consejo de Estado se pronunciará de fondo por el “decretazo” que convocaba la consulta popular
Pese a que el “decretazo” por medio del cual se quería convocar a una consulta popular ya fue derogado por el Gobierno Nacional tras aprobarse la Reforma Laboral, el magistrado y presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez, dijo en Caracol Radio que esta corporación se pronunciará de fondo sobre el asunto.
Según el magistrado, por unanimidad, la Sección Quinta consideró que el país merece un análisis de legalidad de dicho decreto que alcanzó a estar vigente unos días.
“En la Sección Quinta se discutió el asunto y se llegó a la conclusión de que un decreto, aún cuando ha sido derogado, puede tener control de legalidad y puede tener una decisión. por cuanto que de lo que se trata aquí también es de verificar la legalidad de un decreto mientras estuvo vigente. Esto es, como ese decreto se expidió y tuvo una vigencia en el tiempo, obviamente el juez de la legalidad le corresponde hacer el pronunciamiento judicial“, indicó Álvarez.
Dijo en Caracol Radio el magistrado Álvarez que un pronunciamiento de fondo podrá despejar este asunto jurídico de la consulta popular en el futuro.
“Creo que los demandantes y la sociedad colombiana deben saber si se violentó el ordenamiento jurídico superior, si se desconoce la constitución política de Colombia o si se aviene a esa preceptiva legal y constitucional", dijo el presidente.




