Pico y Placa en Bogotá del 17 al 20 de junio: así funcionará la medida esta semana
¡Ojo! Conozca cómo funcionará la restricción durante esta semana y evite multas. Le contamos quienes están exceptuados

Pico y Placa Bogotá del 7 al 20 de junio/ Getty Images
En Bogotá, el Pico y Placa es una medida implementada con el fin de reducir la congestión vehicular y mejorar la calidad del aire. Esta medida se ha vuelto indispensable para mejorar la gestión del tráfico y la protección del medio ambiente.
Incluso, esta medida también aplica en ciudades como Medellín, Cali, Bucaramanga, Cartagena y Barranquilla.
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Pico y Placa en Bogotá: semana del 17 al 20 de junio
Desde el martes 17 al viernes 20 de junio de 2025, el esquema del pico y placa en Bogotá se mantiene vigente para vehículos particulares según el último dígito de la placa. La restricción aplica de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. Conozca cómo funcionará:
- Martes 17 de junio: Restricción para placas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8.
- Miércoles 18 de junio: No circulan los carros con placas 1, 3, 5, 7, 9.
- Jueves 19 de junio: Prohibición para placas terminadas en 0, 2, 4, 6, 8.
- Viernes 20 de junio: Pico y placa para placas 1, 3, 5, 7, 9.
Cabe recordar que los fines de semana y días festivos no se aplica la medida para vehículos particulares.
Pico y placa taxis: semana del 17 al 20 de junio
- Martes 17: restricción para placas terminadas en 7 y 8
- Miércoles 18: restricción para placas terminadas en 9 y 0
- Jueves 19: restricción para placas terminadas en 1 y 2
- Viernes 20: restricción para placas terminadas en 3 y 4
Cómo saber si está exceptuado de Pico y Placa
Existe una alternativa para quienes les es indispensable movilizarse en auto en medio de esta restricción. Se trata del Pico y Placa solidario, una excepción en la que el usuario realiza un pago y que se puede realizar de manera virtual. El 100% de este recaudo está destinado a la finaciación y mejoramiento del Sistema de Transporte Público de Bogotá.
Estos son otros vehículos que están exceptuados del pico y placa:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Vehículo de servicio diplomático o consular.
- Funerarias o agencias mortuorias.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).
- Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de transporte escolar.
- Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).
- Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
- sLos vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.