Cuánto recibirá de prima si gana el salario mínimo en 2025: Cálculo total + auxilio de transporte
Conozca cómo calcular el pago de su prima. Los detalles en la nota

Cuánto recibirá de prima si gana el salario mínimo en 2025: Cálculo total + auxilio de transporte/ Getty Images
En Colombia, para el mes de junio los trabajadores formales se benefician de un pago que está contemplado como un derecho laboral. Dentro de esta retribución se contempla el pago de 30 días de trabajo adicionales al salario mensual corriente anual.
Sin embargo, según lo estipulado en el artículo 306 del código Sustantivo del Trabajo, el valor total de este ingreso se divide en dos iguales, el primero se realiza en el mes de junio y el segundo en el mes de diciembre.
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Cómo calcular la prima de junio para trabajadores de salario mínimo
Para el 2025, el salario mínimo se estipuló en $1.423.500 pesos colombianos, con un auxilio de transporte de $200.000 pesos colombianos. En este orden de ideas, el pago de la prima será calculado con base en un total de $1.623.500 COP.
Teniendo en cuenta los valores, el cálculo para el pago de la prima se realiza de la siguiente manera:
- Prima de servicio = (Salario + auxilio de transporte) x días trabajados / 360
En este orden de ideas, las personas que reciban un salario mínimo podrán realizar su cálculo así:
- ($1.423.500 COP + 200.000 COP) x 180 / 360*
- $1.623.500 COP x 180.000 COP / 360*
- 292.230.000 /360
- = $812.875 COP
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Cuándo es el pago de la prima
Teniendo en cuenta que se trata de una obligación legal, esta prestación debe contemplar el pago a más tardar el 30 de junio. Sin embargo, en el caso de que no le contribuyan este reconocimiento o pago de la prima de servicios, desde el Ministerio de Justicia, sugieren llegar a un acuerdo con el empleador antes que acudir con la autoridad.
En caso de no lograr el acuerdo, podrá acudir al inspector de trabajo, para recibir asesoría y presentar a queja por incumplimiento de las obligaciones o intentar una conciliación.
Quiénes no recibirán la prima de mitad de año
Es importante aclarar que no todos los trabajadores tienen derecho a recibir la prima, esto depende del tipo de contrato que tengan los trabajadores. En este orden de ideas, lo contamos que tipos de contratos no recibirán prima:
- Trabajadores por prestación de servicios: este tipo de contratos, al no ser considerado un empleo con vínculo laboral formal, no reciben prima. Este tipo de contrato se maneja más como un acuerdo entre las dos partes y no incluye prestaciones sociales.
- Personas que trabajan por días y sin contrato: quienes trabajan de forma ocasional, sin contrato formal ni afiliaciones a seguridad social, tampoco tienen derecho a prima. En este orden de ideas si no está afiliado como trabajador dependiente y no está registrado en la nómina de una empresa, no puede exigir ese pago.
- Empleados que llevan mes de trabajo: Para aquellas personas que llevan menos de un mes de trabajo, no tienen derecho a la prima, solo se pagará un tiempo proporcionado al que trabajo desde la fecha de entrada hasta el 30 de junio.