Economía

¿Quiénes no recibirán el pago de la prima de junio en Colombia este 2025?

Antes de contar con este ingreso, asegúrese de estar en la lista de quienes sí aplican. Le explicamos los detalles

Prima de JUNIO en Colombia: Grupo de personas que NO reciben próximo pago, ¿por qué?/ Getty Images

Prima de JUNIO en Colombia: Grupo de personas que NO reciben próximo pago, ¿por qué?/ Getty Images

La prima de mitad de año es un derecho laborar que está establecido en el Artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo, la cual contempla el pago de 30 días de trabajo acciónales al salario mensual corriente anual.

Para este 2025, la prima fue actualizada conforme al aumento del salario mínimo establecido por el Gobierno de Gustavo Petro en diciembre del 2024, en un (9,54%), lo que se traduce en un incremento en la suma que percibirán los empleados.

Este beneficio representa un alivio económico importante y, para muchas personas, ya que puede ser una oportunidad de ahorrar, pagar deudas. Sin embargo, pese a que es un derecho, no todas las personas tienen la oportunidad de recibirla. Acá le contamos quienes no la recibirán.

Qué es la prima de junio y cuándo se paga

La prima de servicios es una prestación laboral obligatoria en Colombia, esta se paga dos veces al año: en junio (la mitad) y en diciembre (la otra mitad), y corresponde a 15 días de salario por cada semestre trabajado. En 2025, el pago correspondiente al primer semestre debe realizarse máximo hasta el 30 de junio.

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Este pago es una obligación para los empleadores del sector privado y también aplica para empleados públicos, según el tipo de contrato que tengan.

¿Cómo se calcula el pago de la prima?

Para saber cuánto le corresponde, puede usar la siguiente fórmula:

(Salario + auxilio de transporte) × días trabajados ÷ 360

Por ejemplo, si trabajó 180 días en el semestre y gana $1.423.500 más $200.000 de auxilio de transporte, el cálculo es:(1.423.500 + 200.000) × 180 ÷ 360 = $812.875

¿Quiénes NO reciben la prima de junio?

Aunque muchas personas creen que todos los trabajadores la reciben, no todos tienen derecho a la prima. Si pertenece a alguno de estos grupos no recibirá este pago adicional:

  • Trabajadores por prestación de servicios

Si trabaja bajo un contrato por prestación de servicios o contratistas independientes, no tiene derecho a prima, ya que no es considerado un empleado con vínculo laboral formal. Este tipo de contrato se maneja más como un acuerdo entre partes y no incluye prestaciones sociales.

  • Personas que trabajan por días y sin contrato

Quienes trabajan de forma ocasional, sin contrato formal ni afiliaciones a seguridad social, tampoco tienen derecho a prima. En este orden de ideas si no está afiliado como trabajador dependiente y no está registrado en la nómina de una empresa, no puede exigir ese pago.

  • Empleados que llevan menos de un mes trabajando

Si comenzó a trabajar hace poco y lleva menos de un mes trabajando no recibirá la prima completa. Solo te pagarán el proporcional del tiempo trabajado desde la fecha de entrada hasta el 30 de junio.

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