“Quien ha roto el estado social derecho es el propio presidente del Senado”: Presidente Petro
El mandatario insistió en que el fallo que según él ordena repetir la votación de la consulta popular en el Congreso señala que sí hubo una violación al derecho fundamental del debido proceso legislativo

Gustavo Petro | Foto: Presidencia de Colombia
Colombia
El presidente Gustavo Petro aseguró a través de su cuenta de X que el presidente del Senado, Efraín Cepeda, decidió desacatar la tutela que le ordena que en el término de 48 horas, resuelva el recurso interpuesto por la senadora María José Pizarro frente a la votación de la consulta popular.
Allí también, aseguró el mandatario que quien ha roto el estado social derecho es el propio presidente del Senado.
“Encima de la arbitrariedad en el procedimiento legislativo ya manifiesto para el juez de tutela, el presidente del senado decide desacatar la tutela. Eso no se puede hacer. Quien ha roto el estado social derecho es el propio presidente del Senado”.
Luego, en otro trino, el presidente insistió en que dicho fallo señala que sí hubo una violación al derecho fundamental del debido proceso legislativo.
“Violación al derecho fundamental del debido proceso legislativo. Dice el juez de tutela. Al ser apelable, y desconocerse la apelación, no se perfeccionó la votación”.
Agregó el jefe de estado en su cuenta de X que hay otros seis hechos, relacionados con la votación de la consulta popular, que han violado el debido proceso legislativo y aseguró que no se debe hacer trampa al pueblo.
“Más otros seis hechos violatorios del debido proceso legislativo. No se le debe hacer trampa al pueblo”.
Presidente Petro asegura que Corte Constitucional es el tribunal de cierre de la consulta popular
A propósito, el presidente anunció que ha decidido que entre a operar el artículo 86 de la Constitución Política según el cual “toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública”, para que sea la ciudadanía la que pueda controlar a su mandatario.
Sumado a esto, aseguró que “la orden expresa de la constitución que hace de la Corte Constitucional, el tribunal de cierre de la consulta popular”.



