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Confirman nuevas reglas para extranjeros en España 2025: ¿qué cambió para los colombianos?

Estos cambios representan una oportunidad para colombianos que buscan establecerse legalmente en España, dependiendo el caso:

Reglamento de Extranjería en España 2025. Imagen vía Getty Images

Reglamento de Extranjería en España 2025. Imagen vía Getty Images / fcafotodigital

Este martes 20 de mayo entró en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería en España (Reloex) que busca simplificar la vía de regularización de inmigrantes. Estos cambios ofrecen nuevas oportunidades para los ciudadanos colombianos que buscan regularizar su situación en el país.

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El documento que fue aprobado el 19 de noviembre de 2024 por el Consejo de Ministros y cuenta con el aval del Consejo de Estado, establece reestructuras en los procedimientos de residencias, regularización y reagrupación familiar para extranjeros.

En términos generales, el nuevo reglamento denominado Real Decreto 1155/2024 flexibiliza accesos a permisos, reduce plazos en trámites migratorios y fomenta que personas insertadas en el país puedan estudiar y trabajar.

A continuación le explicamos cinco puntos claves del nuevo Reglamento y lo que debe tener en cuenta si es colombiano asentado en España:

Nuevos tipos de arraigo

El reglamento introduce nuevas figuras de arraigo como el arraigo de segunda oportunidad, dirigido a quienes ya tienen el permiso de residencia y no lo pudieron renovar. Según el texto aprobado, en caso de haber permanecido al menos dos años desde la pérdida del permiso, podrán solicitar la residencia de nuevo. No aplica para solicitantes de asilo.

Estos son los cinco tipos de arraigo que estarán disponibles bajo este nuevo Reglamento de Extranjería:

  • Arraigo social: requiere dos años de permanencia en España, vínculos familiares directos y medios económicos suficientes.
  • Arraigo laboral: para quienes hayan trabajado en España durante al menos seis meses
  • Arraigo socioformativo: sustituye al arraigo para la formación, permitiendo incluir estudios en curso como vía para regularizar la situación.
  • Arraigo sociolaboral: para personas que hayan trabajado en España en los últimos dos años.
  • Arraigo de segunda oportunidad: dirigido a personas que tuvieron una autorización de residencia en los últimos dos años y no la renovaron.

Plazo para el arraigo

Uno de los cambios más significativos que introdujo el reglamento es el plazo de estancia exigido para acceder a los permisos de arraigo, pasa de tres a dos años —salvo en el caso del arraigo social, que mantiene la exigencia de tres años— lo que facilitará el trámite de muchos extranjeros para la residencia legal.

Extensión de autorizaciones

Los permisos otorgados por esta vía tendrán vigencia de un año y luego de la renovación, se amplían a cuatro años más. Además, se amplía el visado de búsqueda de empleo de tres meses a un año, proporcionando más tiempo para encontrar oportunidades laborales adecuadas.

Cambios para estudiantes

La nueva norma también incluye cambios en el régimen de estudiantes extranjeros, ya que pasa a considerarse estancia de larga duración con nuevos requisitos. Entre las más destacadas están que ahora podrán trabajar hasta 30 horas semanales y cursar hasta el 50% de sus estudios de forma online.

Además, se flexibilizan los requisitos económicos, puesto que se les permitirá acceder a una autorización de trabajo al finalizar su formación, facilitando su integración en el mercado laboral español.

Otro aspecto que conviene destacar es que a partir de hoy, los familiares de estudiantes podrán solicitar su residencia desde España, si están en condiciones legales (residencia o turista). Se excluyen de esta medida a menores de edad.

El plazo para resolver las solicitudes será:

  • 2 meses si se presenta en España.
  • 1 mes si se presenta desde el exterior.
  • 15 días hábiles si la presenta directamente por el centro educativo superior.

Reagrupación familiar

Con relación a la reagrupación, el reglamento añade nuevos beneficios para los miembros de la familia debido a que se crea la figura de permiso para familiares españoles, que agrupa a familiares directos como a la “familia extensa” que acredite estar a cargo del ciudadano.

La edad máxima para reagrupar hijos se amplía hasta los 26 años, y se permite la reagrupación de parejas no registradas que acrediten una relación estable. El límite actual era de 21 años y la solicitud podrá hacerse desde España.

¿Qué cambió para los colombianos con el nuevo Reglamento?

Los cambios implementados por el Gobierno español representan una oportunidad para los ciudadanos colombianos que busca establecerse legalmente en España. Para quienes ya tengan una autorización de residencia vigente no se requieren trámites adicionales, ya que seguirá siendo válida hasta la fecha de vencimiento.

Para quienes estén en trámite, sí podrán cobijarse al nuevo Reglamento, lo que podría beneficiarlo o perjudicarlo, dependiendo su estatus y las nuevas condiciones que apliquen a cada persona.

Es recomendable informarse adecuadamente y cumplir con los requisitos establecidos para aprovechar al máximo las ventajas que ofrece esta reforma. Para conocer más sobre estos cambios, ingrese aquí.

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