Condena al Municipio de Tuta por la muerte de un trabajador de una obra pública en el 2015
El Tribunal Administrativo de Boyacá aumentó al 20 % la responsabilidad del Municipio, por falta de supervisión en la actividad en que murió el trabajador

El Municipio fue responsable por no supervisar adecuadamente el traslado de un material. Foto | boyaca.gov.co
Tunja
Una obra pública mal supervisada, un vehículo sin condiciones para transportar personas y una cadena de decisiones equivocadas, terminaron con la vida de un trabajador en el municipio de Tuta en el 2015 y ahora, un fallo en segunda instancia, ordena al Municipio responder por su parte de la responsabilidad.
El Tribunal Administrativo de Boyacá encontró que el Municipio de Tuta y el contratista de una obra pública tienen responsabilidad en la muerte de Milciades Cárdenas Bravo, un trabajador informal que falleció en un accidente durante el traslado de materiales de construcción. El contratista deberá asumir el 30 % de la indemnización, mientras que el Municipio fue condenado por el 20 %. El 50 % restante se atribuyó a la imprudencia del propio trabajador.
Los hechos ocurrieron el 25 de mayo del 2015, durante la ejecución de un contrato para construir alcantarillas en vías rurales de Tuta. Ese día, el contratista Luis Orlando Hernández Carreño transportaba tubos de concreto desde una vereda hacia otra. En el vehículo, una vieja camioneta Mazda sin SOAT ni seguro todo riesgo, viajaban también dos trabajadores: José Gilberto Barón y Milciades Cárdenas Bravo, este último dentro de uno de los tubos cargados en la carrocería.
En una zona de pendiente, el vehículo perdió el control y se volcó. El resultado fue fatal: Milciades murió por un trauma en la cabeza. El contratista, el otro trabajador y un funcionario del municipio que iban en la cabina resultaron heridos.
Aunque Milciades no tenía contrato formal, estaba realizando tareas relacionadas con la obra pública contratada por el Municipio. Y aunque el contratista fue quien organizó el transporte, un funcionario del Municipio, el almacenista Javier Acuña, también acompañó la operación, lo que generó la apariencia de que era una actividad permitida.
En primera instancia, un Juzgado de Tunja había condenado al contratista a asumir el 40 % de la responsabilidad, al Municipio un 10 %, y había atribuido el 50 % restante al fallecido por haberse subido a la parte trasera del vehículo. Pero tras la apelación de la familia, el Tribunal encontró que el Municipio también falló gravemente al no vigilar ni controlar la forma en que se ejecutaba la obra.
El fallo señala que el funcionario del Municipio se extralimitó al participar directamente en el traslado de los tubos sin autorización de sus superiores. Esa acción, y la falta de control sobre lo que estaba ocurriendo, hicieron que el Municipio compartiera la responsabilidad.
Por eso, el Tribunal aumentó la condena al municipio, del 10 al 20 %, y redujo al 30 % la participación del contratista. También confirmó que la responsabilidad es solidaria, lo que significa que la familia de la víctima puede exigir el pago total a cualquiera de los dos, aunque luego se dividan los costos entre ellos.
El fallo también reconoció el dolor y sufrimiento de la familia, por lo que ordenó una indemnización por daño moral a la madre, esposa, hijos y hermanos de Milciades. No se concedió indemnización por lucro cesante —es decir, los ingresos que dejó de recibir la familia tras la muerte del trabajador— porque no se logró probar cuánto ganaba con regularidad.