Declaración de renta por cédula en 2025: Verifique así cuándo debe declarar, explicado por la DIAN
¡Planifique con tiempo para evitar sanciones! Estas son las fechas que debe tener claras

Declaración de renta por cédula en 2025: Verifique así cuándo debe declarar, explicado por la DIAN (Getty Images)
Se acerca el momento en que los colombianos deberán declarar y pagar su renta. Esta es una de las obligaciones tributarias más importantes que deben presentar los colombianos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
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Este año, la multa por no pagar a tiempo sus impuestos empieza desde los $497.990, que es equivalente a la suma de 10 UVT (Unidad de Valor Tributario). Para evitar esta sanción económica, debe tener en cuenta los topes y las fechas en las que debe presentar y pagar su declaración.
¿Quiénes deben declarar renta?
Tributi, un asesor tributario en línea, tiene una herramienta a través de la cual puede saber si usted debe declarar renta este año. Para ello, deberá tener en cuenta las siguientes preguntas:
- ¿Tuvo ingresos superiores a $65′891.000 durante el 2024?
- ¿El valor total de sus bienes superó los $211.792.500 pesos a diciembre 31 de 2024?
- ¿El valor total de sus compras y consumos excedió los $65.891.000 durante el 2024?
- ¿El valor total de sus compras con tarjeta de crédito excedió $65.891.000 durante el 2024?
- ¿El valor total de sus consignaciones o transferencias bancarias recibidas excedió $65.891.000 durante el 2024?
Si su respuesta a alguna de las anteriores preguntas fue “sí”, lo más probable es que tenga que declarar renta. En todo caso, lo mejor es confirmar con un contador o, en los próximos meses, con la declaración de renta sugerida, una plataforma de la DIAN que le daría más información precisa.
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¿Quiénes deben declarar en mayo y julio?
Entre mayo y julio, deberán declarar las personas jurídicas. Para ellos, las fechas claves para declarar son:
Mayo (declaración y pago de la primera cuota)
- El 12 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 1
- El 13 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 2
- El 14 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 3
- El 15 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 4
- El 16 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 5
- El 19 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 6
- El 20 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 7
- El 21 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 8
- El 22 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 9
- El 23 de mayo, les toca a las personas con NIT terminado en 10
Julio (pago de la segunda cuota)
- El 9 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 1
- El 10 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 2
- El 11 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 3
- El 14 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 4
- El 15 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 5
- El 16 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 6
- El 17 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 7
- El 18 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 8
- El 21 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 9
- El 22 de julio, les toca a las personas con NIT terminado en 10
Fechas para las personas naturales según su cédula
Agosto (declaración y pago)
- El 12 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 1 y 2
- El 13 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 3 y 4
- El 14 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 5 y 6
- El 15 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 7 y 8
- El 19 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 9 y 10
- El 20 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 11 y 12
- El 21 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 13 y 14
- El 22 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 15 y 16
- El 25 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 17 y 18
- El 26 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 19 y 20
- El 27 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 21 y 22
- El 28 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 23 y 24
- El 29 de agosto, les toca a las personas con cédulas terminadas en 25 y 26
Septiembre (declaración y pago)
- El 1 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 27 y 28
- El 2 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 29 y 30
- El 3 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 31 y 32
- El 4 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 33 y 34
- El 5 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 35 y 36
- El 8 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 37 y 38
- El 9 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 39 y 40
- El 10 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 41 y 42
- El 11 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 43 y 44
- El 12 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 45 y 46
- El 15 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 47 y 48
- El 16 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 49 y 50
- El 17 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 51 y 52
- El 18 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 53 y 54
- El 19 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 55 y 56
- El 22 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 57 y 58
- El 23 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 59 y 60
- El 24 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 61 y 62
- El 25 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 63 y 64
- El 26 de septiembre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 65 y 66
Octubre (declaración y pago)
- El 1 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 67 y 68
- El 2 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 69 y 70
- El 3 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 71 y 72
- El 6 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 73 y 74
- El 7 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 75 y 76
- El 8 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 77 y 78
- El 9 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 79 y 80
- El 10 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 81 y 82
- El 14 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 83 y 84
- El 15 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 85 y 86
- El 16 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 87 y 88
- El 17 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 89 y 90
- El 20 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 91 y 92
- El 21 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 93 y 94
- El 22 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 95 y 96
- El 23 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 97 y 98
- El 24 de octubre, les toca a las personas con cédulas terminadas en 99 y 00
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