Qué es la cuota alimentaria para adulto mayor y qué ley obliga a los hijos a responder
Le explicamos lo que dice la ley frente a la cuota alimentaria que aplica para adultos mayores.

El Estado colombiano brinda protección legal a los adultos mayores (personas mayores a 60 años de edad) a través de diferentes programas sociales y normas que rigen en el país. De las principales y fundamentales son la Constitución Política de Colombia y el Código Civil.
Este último documento legal enfatiza que es obligación de los hijos cuidar a sus padres a través del hecho de proveer “alimentos” a ellos. Ahí se explica que es cuando se encuentren en necesidad o vulnerabilidad.
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La definición de alimentos ante la ley se entiende como: “la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en enfermedades” y, asimismo, cuando los adultos mayores no se puedan valer por sí mismos.
Teniendo en cuenta este panorama legal, le explicamos cómo funciona la cuota alimentaria en el caso de adultos mayores.
¿Quién tiene la obligación de pagar la cuota alimentaria a un adulto mayor?
Inicialmente, la responsabilidad del cuidado de los adultos mayores es de los hijos. Sin embargo, se harán cargo de ellos, “familiares cercanos como nietos, hermanos, cónyuge, el Estado o instituciones“, tal como lo explicó el Abogado auditor de Centro Jurídico Internacional, Andrés Gómez Quintana.
Ahora, hay excepciones en cuanto al pago de una cuota alimentaria, que es diferencia en estas situaciones:
- Cuando el cuidador tiene menores a su cargo: en este caso, se distribuye la carga de la cuota alimentaria entre todos los hijos de forma equitativa.
- Cuando solo uno de los hijos se hace cargo del adulto: el hijo encargado debe demandar a sus hermanos para que contribuyan.
- Cuando cumple labores de cuidado: para estas situaciones, el cuidador no deberá pagar la cuota alimentaria, porque las labores de cuidado ya cuenta como parte de este pago.
¿De cuánto debe ser la cuota alimentaria para adultos mayores en Colombia?
La Ley colombiana especifica que hay factores subjetivos bajo los cuales se determina este valor; algunos de ellos son, “la capacidad económica de quien está obligado a reconocer los alimentos, en los mismos términos se debe contemplar cuáles son esas necesidades que tiene el adulto mayor para su subsistencia”, según Andrés Gómez Quintana, Abogado auditor de Centro Jurídico Internacional.
No obstante, dentro de la misma normativa que legisla este tema, manifiesta que se puede embargar hasta el 50% del salario de un trabajador en función de una cuota alimentaria para un adulto mayor.
¿Es posible solicitar la exoneración del pago de una cuota alimentaria a un adulto mayor?
Sí es posible, pero bajo unas circunstancias específicas, ya que, los adultos mayores son sujetos de protección legal. De acuerdo con lo estipulado en la jurisprudencia del país, se podrá evitar este pago cuando se demuestre que el adulto mayor tuvo un reconocimiento de su pensión y recibe remuneraciones mensuales.
Otra forma de demostrar que evidencia que no requiere de una pensión alimenticia es que posee ingresos suficientes que le permitan cubrir sus necesidades básicas.
Por otro lado, la ley no señala que pueda evadir una cuota alimentaria, si el adulto mayor no aportó económicamente durante la infancia o adolescencia.