Placas que deben pagar su impuesto vehicular en mayo en el Valle del Cauca: ¿Cuándo pagan las motos?
Recuerde que ya se venció el plazo de pago para algunos vehículos el pasado 30 de abril

Placas que deben pagar su impuesto vehicular en mayo en el Valle del Cauca: ¿Cuándo pagan las motos?
Siguen los cobros de los impuestos vehiculares en el Valle del Cauca. La semana pasada, se venció el plazo para que los carros con placas entre 000 y 333 declararan y pagaran lo correspondiente a este compromiso tributario.
Como explicó Martha Isabel Ramírez, gerente de la Unidad de Rentas del Valle del Cauca, los dueños de los carros que no declaren sus impuestos a tiempo, recibirán una sanción mínima de $249.000, más los intereses por mora a la tasa que el Gobierno nacional estipule mensualmente hasta la fecha de pago.
Placas que deben pagar su impuesto en mayo
Como lo determinó la Gobernación del departamento del Valle del Cauca, los vehículos con placas entre 334 y 666 deberán declarar y pagar su impuesto vehicular hasta el 30 de mayo. Antes de esta fecha, el pago sería sin sanciones o intereses por mora.
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Cabe recordar que las tarifas que entraron en vigencia a partir del 1 de enero de este año y que aplican según la base gravable del vehículo son las siguientes:
- Avalúo de hasta $55.679.000: la tarifa del impuesto es de un 1.5 %
- Avalúo de más de $55.679.000 y hasta $125.274.000: la tarifa del impuesto es de un 2.5 %
- Avalúo de más de $125.274.000: la tarifa del impuesto es de un 3.5 %
¿Cuándo deben pagar las motos?
Según el calendario tributario del departamento, las motos y los vehículos con placas entre 667 y 999 deben pagar el impuesto antes del 27 de junio del 2025. Después de esta fecha, comenzará el cobro con sanción e intereses por mora.
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¿Para quiénes aplica el descuento del 40 %?
Con el fin de motivar el pago de impuestos pendientes, la Gobernación del Valle inició un proceso de cobro de pagos pendientes entre el 2020 y el 2023, con un descuento del 40 % en la sanción.
Este descuento aplica solo dentro de los 30 días siguientes a la notificación del recaudo. La notificación le debe llegar a su correo electrónico.
En caso de que no haga el pago, podría comenzarse un proceso de embargo de las cuentas bancarias, inmuebles y hasta del mismo vehículo.
¿Qué vehículos no pagan el impuesto?
Como lo indica el artículo 141 de la Ley 488 de 1998, hay unos tipos de vehículos que están completamente exentos del pago del impuesto vehicular, los cuales son:
- Bicicletas
- Motonetas y motos con motor hasta de 125 cc de cilindraje
- Tractores para trabajo agrícola, trillados y más maquinaría agrícola
- Tractores sobre oruga, motoniveladoras y demás maquinaría similar de construcción de vías públicas.
- Vehículos y maquinaría de uso industrial
- Vehículos de transporte público de pasajeros y de carga
¿Cómo pagar el impuesto?
Para liquidar y efectuar el pago de su impuesto, deberá seguir estos pasos:
- Ingresar al enlace de www.vehiculosvalle.com.co
- Dar clic en el botón de ‘Ingresa’ en la parte superior derecha de la página. Allí deberá digitar su correo electrónico y su contraseña. Si no se ha registrado, deberá dar clic en el botón ‘Regístrate’ y colocar sus datos personales.
- Una vez haya ingresado con su cuenta, deberá dirigirse a Mi perfil - Mis vehículos.
- Luego, elija la placa de su vehículo, la vigencia del pago que va a realizar y acepte los términos y condiciones. Después, haga clic en pagar.
- Finalmente, deberá elegir el método de pago para su impuesto y listo.



