Sistema Indígena de Salud Propia ya es política de Estado
El documento de 26 páginas establece la administración, operatividad, financiamiento, coordinación y complementariedad de este modelo con el sistema de salud nacional

El gobierno firmó el decreto que establece e implementa el Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural de carácter público, como política de Estado para los pueblos indígenas de Colombia, cuya rectoría está bajo el ejercicio del gobierno propio de los pueblos indígenas de cada territorio.
La norma determina que los territorios indígenas, en el ejercicio de su autonomía y libre determinación, crearán o transformarán las instituciones y estructuras propias para la operatividad del sistema.
“A los territorios indígenas en el ejercicio de su autonomía y libre determinación, mediante los consejos o estructuras de gobierno propio, podrán ejercer las siguientes competencias: administrar, gestionar, ejecutar recursos y operativizar el SISPI dentro del respectivo territorio, bajo los principios de articulación y complementariedad con el sistema de salud”, dice el decreto.
En cuanto a las formas del cuidado en salud, los pueblos indígenas tendrán la facultad de definir y ejecutar sus procesos propios del fomento a la salud en consonancia con sus sistemas de conocimiento indígena, es decir, podrán articular sus prácticas tradicionales de sanación y define los actores que operarán el sistema.
Implementarán a su vez la atención primaria en salud propia e intercultural, podrán crear equipos interculturales en medicina tradicional indígena y definir un sistema de información en salud de los pueblos que sea interoperable con el del sistema de salud nacional.
Los recursos del sistema de salud y del presupuesto general de la nación, serán las fuentes de financiación del nuevo modelo para las comunidades indígenas.
Para acceder al sistema de salud indígena, los ciudadanos pertenecientes a pueblos indígenas podrán presentar los documentos de identificación definidos por la ley, y en caso de no tenerlo, será el listado censal presentado por las autoridades indígenas el cual será aplicado para este fin.



