Política

Senado tiene 30 días para decidir sobre las preguntas de la Consulta:¿cuántos votos se necesitan?

El secretario Diego González explicó que el Senado tendrá un mes de plazo para votar, una vez sea radicada la consulta por el Gobierno Petro.

Sendo tiene 30 días para decidir sobre las preguntas de la Consulta Popular: ¿cuántos votos se necesitan? (Getty Images)

Sendo tiene 30 días para decidir sobre las preguntas de la Consulta Popular: ¿cuántos votos se necesitan? (Getty Images)

Congreso

Ante la confirmación por parte del Gobierno de las 12 preguntas que incluirá la Consulta Popular que se radicará en el Senado de la República el primero de mayo, el secretario de esta corporación legislativa, Diego González, hizo algunas claridades sobre lo que se viene ahora para este proceso.

¿Cuál es el proceso que seguirá tras conocerse las preguntas de la Consulta Popular?

En primer lugar, el secretario del Congreso señaló queuna vez radicada esta consulta, lo que procede al Senado de la República es conceder o emitir un concepto favorable sobre el documento que se emita, que son las 12 preguntas que ya han sido publicadas por el Gobierno Nacional y una motivación de por qué esta consulta es de interés nacional”.

Tan pronto llegue a la cámara alta este documento, añadió el secretario, “el Senado de la República tiene 20 días que pueden ser prorrogables por otros 10 días” para que se haga la votación y se confirme si se dará luz verde o no a este mecanismo que plantea el Gobierno Petro.

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No obstante reconoció González que “la dinámica que se va a hacer con la consulta popular radicada por el gobierno nacional va a ser novedosa para el Senado, porque anteriormente se han tramitado otra clase de consultas, pero no por iniciativa gubernamental. Esta dinámica la tendrá que establecer el presidente del Senado y podrá hacerse de diferentes maneras. Por ejemplo, nombrando una comisión accidental que presente un informe, pero lo que establece la ley 134 específicamente es que será el Senado el que emita un concepto favorable o desfavorable sobre la consulta”.

El funcionario explicó que la consulta se debe someter a consideración de la plenaria “y tendrá que someterse por las mayorías. Necesitaría lo que necesita cualquier ley ordinaria, que es una mayoría simple, la mitad más uno de los asistentes. Entonces, después de que se tenga con un decisorio, que en términos generales vienen siendo 53 votos actualmente, la mayoría es la mitad más uno de los asistentes”.

González fue claro en que si la consulta no supera estos votos en Senado, no podrá ser una realidad: “si no hay un concepto favorable no puede adelantarse la consulta, por lo menos este tipo de participación ciudadana como consulta popular. Podrán adelantarse otros mecanismos de participación ciudadana, pero la consulta no”.

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De otra parte, afirmó que si el Senado no se pronuncia en estos 30 días, el Gobierno tendría la facultad ahí sí de convocar a las urnas: “el Senado tiene que tomar una decisión porque si no se pronuncia, el gobierno nacional podrá hacerlo por decreto”.

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