Tunja

Consejo de Estado negó tutela que pedía apartar a magistrado del caso contra el alcalde de Tunja

Yeison García Bueno alegaba falta de imparcialidad en el Tribunal Administrativo de Boyacá en el proceso de nulidad electoral contra Mikhail Krasnov

Alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov. Foto | Alcaldía Mayor de Tunja

Alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov. Foto | Alcaldía Mayor de Tunja

Tunja

El Consejo de Estado declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Yeison Sebastián García Bueno, quien solicitaba que se anularan decisiones del Tribunal Administrativo de Boyacá dentro del proceso de nulidad electoral que busca tumbar la elección del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov. La solicitud pretendía apartar del caso al magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez por supuestas causales de impedimento y recusación.

La tutela fue radicada el 17 de febrero del 2025 por Yeison García, quien también figura como coadyuvante dentro del proceso electoral en curso. En su solicitud, argumentó que el Tribunal Administrativo de Boyacá vulneró sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, al negar un impedimento y una recusación presentados contra el magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez, quien participa en la sala de decisión del caso.

El accionante cuestionó dos autos emitidos por el tribunal: uno del 12 de septiembre del 2024 y otro del 7 de febrero del 2025. Según García Bueno, estas decisiones se tomaron de forma irregular y debieron ser firmadas por el magistrado Luis Ernesto Arciniegas Triana, quien había sido apartado por haber presentado una queja contra el abogado demandante David Alejandro Ávila Cely.

Además, el accionante alegó que el magistrado Higuera Jiménez debía apartarse del proceso por estar inmerso en causales como denuncias penales y disciplinarias en su contra por parte del abogado David Ávila, una supuesta enemistad manifiesta entre ambos, y la posibilidad de que el magistrado hubiera sido alumno de clases dictadas por Mikhail Krasnov en la UPTC. A juicio de Yeison, estos vínculos podrían afectar la imparcialidad en la toma de decisiones.

La recusación fue rechazada por el tribunal al considerar que no se cumplían las condiciones legales para declarar la falta de imparcialidad del magistrado. Ante ello, García Bueno acudió a la tutela para intentar revocar esas decisiones y solicitar que se nombrara una nueva sala de decisión.

El Consejo de Estado, sin embargo, concluyó que la tutela no era procedente, ya que el proceso judicial aún está en curso y no existe una decisión de fondo. En la providencia firmada por el magistrado ponente Wilson Ramos Girón, se explicó que no se cumplen los requisitos de subsidiariedad ni se evidencia la existencia de un perjuicio irremediable que amerite la intervención del juez constitucional.

En el análisis del caso, el alto tribunal recalcó que el proceso de nulidad electoral contra la elección del alcalde de Tunja sigue su curso normal ante la jurisdicción contenciosa. Recordó que la tutela no puede utilizarse como una tercera instancia, ni como un mecanismo paralelo para controvertir decisiones judiciales en trámite.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado determinó que no había lugar a suspender ni anular los actos judiciales cuestionados, ni a separar al magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez del caso. Así, la investigación sobre la presunta inhabilidad de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja continuará desarrollándose en el marco del proceso de nulidad electoral, sin intervención del juez de tutela.

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