Tunja

De coadyuvante en la demanda de nulidad electoral a defensor del alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov

Se espera que en los próximos días el Tribunal Administrativo de Boyacá falle en primera instancia la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Tunja

Mikhail Krasnov, Alcalde de Tunja / Foto: Suministrada.

Mikhail Krasnov, Alcalde de Tunja / Foto: Suministrada.

Tunja

En Auto del 17 de febrero de 2025 el despacho del magistrado del Tribunal Administrativo de Boyacá, Dayán Alberto Blanco Leguízamo se pronunció sobre las solicitudes de aclaración y adición presentadas por Yeison Sebastián García Bueno, coadyuvante de la parte demandante, contra el auto expedido el 7 de febrero por la Sala Dual en la que se decidió la recusación formulada contra el magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez, en el proceso de la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov.

Yeison Sebastián García Bueno le solicitó al magistrado “aclarar las razones por las cuáles se consideraron que sus argumentos no fueron concretos. Si fue porque no expuso los hechos claramente, si las razones no fueron concretas, si fue porque no aportó pruebas, o cuál otra razón” y que, “se adicionara el auto de 7 de febrero y se indicara por qué razón si pidieron pruebas y no fueron decretadas y en cambio se afirmó que “no había pruebas”.

En tal sentido el magistrado decidió negar las solicitudes de aclaración y adición de Yeison Sebastián García Bueno, respecto de la decisión contenida en el auto de Sala Dual No. 2 del 7 de febrero donde se declaró infundada la recusación formulada contra el magistrado Diego Mauricio Higuera Jiménez y lo exhortó para que, “de ahora en adelante se abstenga de remitir memoriales con destino al proceso carentes de fundamentos como formas de dilatar el proceso, so pena de hacer uso de la facultad sancionatoria prevista en el artículo 295 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo que advierte de las consecuencias por hacer peticiones impertinentes: ”La presentación de peticiones impertinentes así como la interposición de recursos y nulidades improcedentes serán considerados como formas de dilatar el proceso y se sancionarán con multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes”.

Dice el documento que, “el Despacho no puede pasar por alto el hecho de que las solicitudes de aclaración y adición son maniobras para dilatar el proceso en tanto, carecen de fundamento” y más adelanta hace un señalamiento a Yeison Sebastián García Bueno quien, “llegó al proceso pidiendo que se tuviera como coadyuvante de la parte demandante, y así se ha identificado en todas las intervenciones, en realidad viene ejerciendo actuaciones que se identifican con las de un apoyo a la parte demandada”.

Más adelante señala el magistrado, Dayán Alberto Blanco Leguízamo, “nótese que con los memoriales dirigidos al Despacho en vez de coadyuvar las pretensiones de la demanda lo que ha hecho es asumir una posición en defensa de los derechos del señor Mikhail Krasnov, dificultando el desarrollo del proceso, al punto que, estos últimos pronunciamientos en la etapa en la que se encuentra el proceso han sido producto de su actuar”.

Surtido este trámite se espera que en los próximos días el Tribunal Administrativo de Boyacá falle en primera instancia la demanda de nulidad electoral contra el alcalde de Tunja, Mikhail Krasnov.

Auto del Tribunal Administrativo de Boyacá

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