Bogotá

Personería de Bogotá alerta sobre cláusulas abusivas en contratos de vivienda VIS y VIP

Más de 150 quejas en 14 meses por condiciones que afectan a compradores

El Ministerio de Vivienda envió una carta a la alcaldesa Claudia López en donde le manifiesta sus preocupaciones por el POT

El Ministerio de Vivienda envió una carta a la alcaldesa Claudia López en donde le manifiesta sus preocupaciones por el POT / Secretaría del Hábitat

Colombia

La Personería de Bogotá advirtió sobre la presencia de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión para la compra de Vivienda de Interés Social (VIS) y Vivienda de Interés Prioritaria (VIP). En los últimos 14 meses, el organismo ha recibido más de 150 quejas de ciudadanos afectados por condiciones que, según denuncia, vulneran sus derechos como consumidores.

Los contratos de adhesión son redactados por constructoras sin que los compradores puedan negociar sus términos. Según el personero de Bogotá, Andrés Castro Franco, esto genera situaciones en las que los compradores “firman documentos redactados de manera unilateral, que no conocen de manera suficiente, y terminan asumiendo cargas que no les han sido adecuadamente informadas”.

Algunas de las principales irregularidades identificadas incluyen:

  • Multas desproporcionadas: las sanciones económicas por presuntos incumplimientos de los compradores se establecen en términos desfavorables.
  • Ajustes de precio sin previo aviso: en algunos casos, se informa a los compradores que el precio de la vivienda quedará congelado, pero luego se realizan incrementos sin notificación previa.
  • Falta de sanciones para incumplimientos de las constructoras: mientras los compradores enfrentan penalidades por retrasos en sus pagos, los incumplimientos en la entrega de las viviendas no son castigados.
  • Condiciones poco claras sobre la fijación del precio: los consumidores no siempre reciben información precisa sobre si el valor de la vivienda está pactado en pesos o en salarios mínimos, lo que puede afectar su capacidad de pago.

Ante este panorama, la Personería solicitó a la Secretaría Distrital del Hábitat que refuerce la supervisión de los contratos utilizados por las constructoras para la venta de VIS y VIP, asegurando que estos no incluyan disposiciones que vulneren los derechos de los compradores.

El Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) establece que las cláusulas abusivas son aquellas que generan un “desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor” y aclara que, de ser incluidas, “serán ineficaces de pleno derecho”.

Las autoridades distritales deberán evaluar las acciones necesarias para garantizar condiciones justas en la compra de vivienda de interés social y prioritaria en Bogotá.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad