Casi $800.000 de multa a quienes viven en conjuntos e incumplan esta nueva ley
Nuevas sanciones por exceso de ruido buscan reducir la contaminación auditiva en conjuntos residenciales y edificios.

Según datos oficiales de la Red Colombiana de Ciudades Cómo Vamos (RCCV), la ciudad más ruidosa de Colombia es Bogotá, seguida por Medellín, Cali y Cartagena. De hecho, Bogotá es una de las ciudades más ruidosas del mundo, lo que ha generado gran preocupación por parte de los colombianos que esperan vivir una vida en paz y tranquilidad.
Esto se debe según estudios al tráfico de las distintas urbes y centros de comercio que se encuentran con niveles de ruido por encima de lo recomendado. El exceso de ruido puede causar alteraciones auditivas, generar efectos cardiovasculares e incluso metabólicas.
Esto se suma a que, por ejemplo, en ciudades como Cartagena las quejas por contaminación auditiva aumentaron un 80% en 2024. Esto hizo que el Congreso de la República aprobara el año pasado aprobara la llamada “Ley de Ruido”, la cual fue sancionada por el presidente Gustavo Petro hace algunos días.
Con esto se busca establecer políticas públicas que las autoridades locales y regionales puedan tener a la mano para controlar el ruido que se emite desde sitios privados y lograr así, según el ponente, el representante Daniel Carvalho, ciudades más serenas.
De esta forma, los colombianos ahora deben regular el nivel de ruido, sobre todo aquellos que viven en conjuntos residenciales, edificios o agrupaciones de viviendas. Ya que existen sanciones muy fuertes apara quienes sobrepasen el límite permitido, dejando en manos de la Policía Nacional las sanciones a quienes infrinjan la nueva norma.
¿Cuáles son las multas por incumplir la nueva Ley de Ruido?
Según la nueva ley, el límite de ruido permitido durante el día es de 65 decibeles, que es el equivalente a un restaurante lleno o una aspiradora. Para la noche, el límite de ruido se ubica en los 55 decibeles.
Esta nueva ley contempla cuatro tipos de sanción económica para quienes infrinjan la ley. Todo esto depende del nivel de infracción presentada, la cual se puede discriminar de la siguiente manera:
- Nivel 1: Se multarán 2 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que es igual a 94.900 pesos.
- Nivel 2: Se multarán 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que es igual a 189.000 pesos.
- Nivel 3: Se multarán 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que es igual a 379.600 pesos.
- Nivel 4: Se multarán 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que es igual a 759.200 pesos.
Estas multas serán impuestas por la Policía Nacional en su jurisdicción correspondiente, aplicables a un exceso sobre el nivel de los límites permitidos descritos anteriormente.
En el caso de los eventos culturales o de índole artística se permitirá un nivel de ruido más alto. Sin embargo, los organizadores deben contar con la autorización de las autoridades locales para realizar estos eventos.
El incumplimiento de la norma en este tipo de eventos anteriormente mencionados depende del número de asistentes en los recintos. Casos en los que impartirán multas que van desde los 142 millones de pesos y los mil ciento treinta y ocho millones de pesos correspondientes.