¿Qué beneficios tiene un trabajador con un hijo discapacitado en Colombia? Pensión y más
Conozca la lista de beneficios que tienen los padres de personas con discapacidad: hay bonos alimenticios, un subsidio y acceso especial a pensión

¿Qué beneficios tiene un trabajador con un hijo discapacitado en Colombia? Pensión y más.
En Colombia, hay cerca de 50.000 personas diagnosticadas con algún tipo de discapacidad. Así lo afirmó la Encuesta de Calidad de Vida (ECV) realizada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia (DANE) en 2020.
Según esta información, estas discapacidades se originaron principalmente por enfermedades, accidentes y por el conflicto armado. Sumado a lo anterior, estas personas suelen enfrentar numerosos y enormes retos en campos laborales y sociales, convirtiéndose así en una población vulnerable.
Por lo anterior, el Gobierno nacional y Distrital dispone de un abanico de ayudas sociales y económicas justamente para acompañar y apoyar a todas estas personas que lo necesitan, especialmente a los más pequeños.
Pensión por discapacidad: ¿quiénes aplican?
Una de las grandes ayudas que ofrece el Gobierno nacional para apoyar a las personas con discapacidad es la pensión especial de vejez.
De acuerdo con la Ley 2381 de 2024, en la cual se determina la nueva ley pensional de Colombia, las madres y padres trabajadores que tienen hijos con alguna discapacidad física o cognitiva permanente, del 50 % o más, tendrán derecho a recibir la Pensión Especial de Vejez a cualquier edad. Para acceder a estza pensión, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- La discapacidad física o cognitiva debe ser permanente y debe estar debidamente calificada por la entidad competente.
- El hijo o la hija debe mantenerse dependiente de la madre o del padre.
- Los padres deben haber cotizado al Sistema de pensiones al menos el mínimo de semanas exigido en el Componente de Prima, las cuales son 1.300 semanas.
- Si el beneficiario vuelve a trabajar, deberá seguir realizando aportes de forma solidaria a pensión.
- Si fallece el padre o la madre pensionada, se aplicará lo dispuesto a la sustitución pensional.
- Si se tienen dos o más hijos con discapacidad, se les aplicará a ellos sustitución pensional.
- Cada 3 años, el beneficiario deberá reportar a Colpensiones un reporte de su condición de discapacidad. Si no se presenta el documento, se suspende la pensión.
- Si la hija o hijo con discapacidad se incorpora al mercado laboral, la madre o padre titular de la pensión de vejez no perderán el beneficio.
Esta pensión es de 1 salario mínimo legal, lo que en 2025 equivale a $1.423.500. Así lo determina el artículo 35 de la Ley 100 de 1993. Los beneficiarios tendrán el acceso a 13 mesadas anuales.
Subsidios y otros beneficios que tienen los padres con hijos con discapacidad
Además de poder recibir la pensión anticipada, los padres que tienen hijos con alguna discapacidad tienen la posibilidad de recibir subsidios y otros beneficios, tales como:
» El subsidio familiar es una prestación social que se entrega a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a su cargo. Si el trabajador tiene un hijo con discapacidad, se le otorga doble cuota del subsidio. Este año, el valor quedó en $63.953 en Bogotá, lo que significa que, en este caso, recibirían $127.906.
» Bonos canjeables por comida en Bogotá. El Distrito les ofrece a las personas con discapacidad un bono canjeable que pueden hacer efectivo en los supermercados de Jumbo y Metro. Los pagos de este año serán hasta el 28 de febrero.
» En las Manzanas del Cuidado en Bogotá, los padres o cuidadoras de las personas con discapacidad pueden acercarse a estos espacios y allí se les brindará atención en salud, educación, bienestar, atención psicosocial y hasta recibir totalmente gratis atención psicológica, hacer gimnasia terapéutica, yoga, ejercicios de rehabilitación y de lectura.
» Los menores de 18 años tienen la posibilidad de recibir una atención prioritaria y preferencial en los centros de salud, así como acceso a servicios y tecnologías de salud especializadas que están financiadas con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
De acuerdo con el ICBF, a los niños, niñas, y adolescentes con discapacidad física, sensorial o cognitiva podrán se les financiará la atención en salud, evaluaciones, atenciones interdisciplinarias y especializadas pertinentes, así como todas las tecnologías en salud y los servicios contenidos en la normatividad vigente.