¿Quién controlará las medidas que se tomen en el Estado de Conmoción del presidente Petro?
Debido a la crisis humanitaria que se vive en el Catatumbo, Norte de Santander, el Gobierno expidió un decreto que le da facultades especiales.

Imagen de referencia Caracol Radio: Presidente Gustavo Petro y Justicia.
JUSTICIA
El presidente Gustavo Petro y su equipo de gobierno decretaron este viernes 24 de enero el Estado de Conmoción Interior por la situación de violencia y seguridad que se vive en la región del Catatumbo, Norte de Santander.
La medida aplicará a 11 municipios del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y dos municipios del Cesar, Río de Oro y González. Según explicó el Gobierno Nacional, el Estado de Conmoción estará vigente por 90 días y será prorrogable en caso de persistir las condiciones extraordinarias que lo motivaron.
A la fecha, se reportan al menos 80 muertos y más de 38.000 personas desplazadas debido a los enfrentamientos entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y otros actores armados en la región.
¿Quién controlará el estado de Conmoción?
De acuerdo con un análisis de la Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes, tanto el decreto que declara el estado de Conmoción Interior como los decretos que lo desarrollan tienen control posterior y automático por parte de la Corte Constitucional.
“Esto implica que el Gobierno debe enviar cada uno de los decretos al día siguiente de su expedición a la Corte, o esta podrá iniciar el control por sí misma (aprehender los decretos de oficio)”, indicó la Universidad.
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En diálogo con Caracol Radio, el abogado Camilo Burnano explicó los requisitos que debe tener este decreto.
“La Corte verifica dos aspectos, en primer lugar un aspecto formal, y es que el decreto tenga la firma de todos los ministros, y un aspecto además de fondo, material, que significa que la Corte va a verificar que haya un estado de conmoción, es decir, que haya un peligro para la estabilidad del estado de tal magnitud que no pueda ser conjurado a través de las funciones de policía”, indicó Burbano.
Según el abogado constitucionalista, Germán Calderón España, no se acreditaría la necesidad de decretar este Estado de Conmoción pues hubiera bastado con la intervención de la Fuerza Pública.
“No se cumple con los presupuestos para la Declaratoria de Conmoción Interior porque cuando la Corte Constitucional ejerza su control automático de constitucionalidad, realizará un test o un juicio de necesidad fáctica y jurídica en la que establecerá si con las medidas ordinarias de policía y de la fuerza pública era suficiente para conjurar la crisis de orden público y de inseguridad en el Catatumbo“, indicó Calderón a Caracol Radio.
¿Qué permitirá el decreto de conmoción Interior?
Cabe resaltar que, el decreto, que solo regiría en el Catatumbo, se encuentra en sus últimas etapas de revisión, a la espera de las firmas de los ministros correspondientes para su expedición.
Según fuentes gubernamentales, la conmoción interior permitirá:
- Movilizar recursos de forma inmediata para atender a los desplazados y afectados.
- Fortalecer la presencia institucional en la región para garantizar la seguridad y el orden público.
- Agilizar acciones humanitarias para mitigar la grave situación de vulnerabilidad de las comunidades