Bogotá

Concejo de Bogotá busca señalizar zonas con prohibición de consumo de sustancias psicoactivas

El proyecto de acuerdo pretende hacer efectivo el cumplimiento del decreto 825 de 2019.

Concejo de Bogotá busca señalizar zonas con prohibición de consumo de sustancias psicoactivas

Bogotá

En el Concejo de Bogotá, el concejal del Centro Democrático, Andrés Barrios, radicó un proyecto de acuerdo con el que se busca que la Alcaldía haga efectivo el cumplimiento del decreto 825 de 2019, según el cual se debe establecer un perímetro de 200 metros cerca de lugares abiertos al público, en los que no está permitido  el consumo, porte, distribución o comercialización de sustancias psicoactivas.

El decreto 825 de 2019 no puede ser un saludo a la bandera y si en Bogotá no se ha querido expedir una reglamentación para el consumo de sustancias psicoactivas, entonces exigimos que se señalice adecuadamente y con los elementos necesarios los lugares del espacio público donde no es permitido”, indicó el concejal.

De acuerdo con Barrios, desde hace un año se está pidiendo al alcalde Carlos Fernando Galán, que en trabajo articulado con el Concejo, se garantice el cumplimiento de este decreto y así mismo, se garantice la sana convivencia en la capital del país.

Llevamos un año insistiendo en que en Bogotá deben existir entornos seguros y libres de drogas. Ante esta situación, y la preocupación existente por parte de padres de familia, comunidad académica, iglesias y fundaciones debido a los elevados casos de consumo en menores, estoy presentando esta iniciativa con la que busco que se señalicen las zonas restringidas, en concordancia con el decreto 825 de 2019″.

Añadió el concejal que en otras ciudades del país como Medellín, Cali, Bucaramanga, Barranquilla y Manizales ya se tienen estos perímetros establecidos, por lo que asegura Bogotá también debe implementarlo para proteger los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.

¿Qué dice el decreto 825 de 2019?

De acuerdo con el decreto, se deben establecer perímetros de 200 metros en los que está prohibido el consumo de sustancias psicoactivas cerca de instituciones educativas, estadios, coliseos y centros deportivos, parques, plazas y plazoletas, TransMilenio, instituciones prestadoras de salud e instituciones de Protección Social de naturaleza pública.

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