Procuraduría pidió más tiempo para la consulta pública sobre reserva temporal en Santurbán
Se pidió una prórroga para garantizar la participación ciudadana en Soto Norte.

Santurbán
Bucaramanga
El Ministerio de Ambiente amplió el plazo para la consulta pública hasta el 10 de febrero del 2025, de manera que comunidades de Soto Norte e interesados puedan participar en el proceso de consulta del proyecto que declara un área de reserva temporal en el páramo de Santurbán.
Es decir que ahora las comunidades, movimientos sociales y ambientales van a tener más tiempo para participar en las audiencias públicas que ya comenzaron en Bucaramanga, esta semana en California y en enero 17 y 20 les corresponde a los municipios de Vetas y Suratá.
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Espacios para que el Ministerio resuelva todas las dudas que se tienen frente al área de reserva temporal, que en corto tiempo según la Procuraduría no iban a alcanzar a socializarlo en su totalidad.
“Solicitamos respetuosamente prorrogar el término que se dispuso para recibir comentarios y observaciones, por cuanto consideramos que se trata de un acto administrativo de alta complejidad, que va a incidir y modificar las condiciones de vida y las actividades económicas de esta comunidad. Se hace necesario un proceso más amplio procurando en lo posible el mayor consenso razonado con las comunidades afectadas”, indicó la Procuraduría y Defensoría del Pueblo.
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Al respecto la alcaldesa de Vetas, Angélica García, concordó con la decisión de la Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo.
“Deben garantizarse esquemas de participación como parte del cumplimiento del Acuerdo de Escazú que vincula al Estado colombiano en materia de participación ciudadana en temas ambientales y dando cumplimiento a los requisitos de la sentencia T-361 que no solamente reglamenta la participación en materia de delimitación de páramos sino la participación ambiental de manera general en Colombia”, manifestó la mandataria.
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Así pues que, si en efecto ha habido otro plazo hasta comienzos del mes de febrero, las siete alcaldías vinculadas en el proceso, esperan que todo quede definido en beneficio de ambientalistas y mineros antes que el Ministerio proceda a declarar la zona de reserva temporal en esta área.
Dicha zona de reserva se ubicaría en un área de 75.357 hectáreas en el costado occidental del macizo de Santurbán, en la jurisdicción de: Suratá, Matanza, California, Vetas, Charta, Tona y Bucaramanga.
“Es necesario identificar de manera precisa a las comunidades potencialmente impactadas con el fin de que puedan participar activamente en el proceso y aportar sus perspectivas. Es fundamental enfatizar que la participación pública en asuntos ambientales debe ser previa a la expedición de normas o decisiones que puedan generar impactos en el medio ambiente y las comunidades”, agregó la Procuraduría.
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Ambientalistas de la región se unen a esta voz con la exigencia de que quede acordado qué va a pasar especialmente con los mineros, quienes en este caso están a la expectativa de los cambios que traería el proyecto.
“Esperamos que ese proceso de formalización minera se haga desde una perspectiva de transición hacia otras actividades económicas sostenibles con la protección de Santurbán. Si bien esta área de reserva temporal tiene una duración de dos años, es necesario que este gobierno cuando salga ya tenga la resolución en firme y modifique el cronograma para que esos estudios demoren no más de un año; y tomar una decisión de fondo frente al ordenamiento minero ambiental en Santurbán”, explicó Mayerly López, líder del Comité para la Defensa del Agua en Santurbán.
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En consecuencia, a esto la Procuraduría emitió las siguientes medidas para garantizar la participación ciudadana en las audiencias públicas:
1. La prórroga del término establecido para la presentación de comentarios al acto administrativo por un período razonable que permita una participación efectiva.
2. La implementación de mecanismos adicionales de socialización tales como reuniones informativas, talleres o audiencias públicas, especialmente dirigidos a las comunidades rurales y mineras de ancestralidad.
3. La publicación del contenido completo del acto administrativo en medios accesibles y comprensibles para toda la población.




