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Pico y placa PASTO del 28 de octubre al 1 de noviembre: placas y vías sin restricción

Así funcionará la medida de pico y placa en la ciudad de Pasto entre el lunes 28 de octubre y el viernes 1 de noviembre.

Pico y placa Pasto  - Getty Images

Pico y placa Pasto - Getty Images

Las alcaldías de cada una de las ciudades, como Bogotá, Medellín, Cartagena, junto con las secretarías de movilidad, son las encargadas de establecer las restricciones de pico y placa. Para establecer los horarios y los días en las que no pueden circular los vehículos, la distribución de las placas a las que se les aplicará el pico y placa y las zonas en las que aplicará y no aplicará la restricción, teniendo en cuenta el volumen del parque automotor y las condiciones de movilidad.

Si bien esta medida tiene como principal objetivo mejorar la movilidad de la ciudad y la experiencia de los conductores reduciendo el tiempo de desplazamiento de sus ciudadanos disminuyendo los trancones, también busca otras acciones como incentivar el uso de otros medios de transporte, principalmente el transporte público, y así reducir la emisión de gases contaminantes que perjudican la calidad de aire.

En la ciudad de Pasto, capital del departamento de Nariño, la medida de pico y placa está consignada en el Decreto 0097, de febrero de 2024, en este se encuentran especificados los detalles de la restricción, como la rotación de las placas, los horarios y  las multas para quienes transiten en el horario de la restricción.

Pico y placa en Pasto

De acuerdo con el decreto mencionado, la restricción aplica para la zona urbana, los días hábiles, de lunes a viernes, en un horario entre las 7:30 a.m. y las 7:00 p.m. y rige para vehículos particulares, carros y motos. Para la semana entre el lunes 28 de octubre y el viernes 1 de noviembre así será la rotación para carros particulares:

Lunes 28 de octubre: vehículos con placas terminadas en 0 y 1.

Martes 29 de octubre: vehículos con placas terminadas en 2 y 3.

Miércoles 30 de octubre: vehículos con placas que terminen en 4 y 5.

Jueves 31 de octubre: vehículos con placas terminadas en 6 y 7.

Viernes 1 de noviembre: vehículos con placas que terminen en 8 y 9.

Viernes 11 de octubre: si el primer número de la placa es 8 y 9.

Vehículos eximidos de la medida

Al igual que en las principales ciudades del país, en Pasto, hay vehículos que se encuentran exentos de la restricción de pico y placa, en estos se encuentran incluidos los:

  • Vehículos de transporte público colectivo municipal, especial y de pasajeros por carretera con ruta desde y hacia el terminal de transporte de Pasto y parqueadero mixto autorizado.
  • Transporte de alimentos perecederos y medicamentos.

Vea también:

  • Transporte de personas con limitaciones de salud y los vehículos diseñados, constituidos o destinados exclusivamente al transporte de personas en condición de discapacidad, con solo 1 acompañante.
  • Vehículos destinados al transporte de materiales de construcción.
  • Automotores oficiales al servicio de la Policía Nacional, Fuerzas Militares, Fiscalía General de la Nación, Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), y de la unidad administrativa especial de Migración Colombia. Vehículos de propiedad al servicio del Estado en cualquiera de sus órdenes o niveles, en el cumplimiento de sus funciones contractuales.
  • Vehículos de organismos de socorro como Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos, Defensa Civil y entidades u organismos no gubernamentales que realicen atención a víctimas.
  • Vehículos de organismos regionales y locales de prevención, atención de emergencias y desastres.
  • Carrozas o coches fúnebres.
  • Vehículos adscritos a empresas de servicios públicos y privados domiciliarios.

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