Bucaramanga

Pico y placa en Bucaramanga: rotación del 28 de octubre al 2 de noviembre y áreas exentas

Conozca cómo funcionará la medida de pico y placa para esta semana en la capital de Santander.

Pico y placa en Bucaramanga - Getty Images

Pico y placa en Bucaramanga - Getty Images

Las principales ciudades del país como Bogotá, Medellín, Cali y Pereira cuentan con restricciones de movilidad en los días hábiles y algunas los sábados que tienen como propósito reducir los trancones y bajar el tiempo de desplazamiento de los ciudadanos; además de incentivar el uso de otros medios de transporte, como la bicicleta o el transporte público, reducir la emisión de gases y mejorar la calidad del aire, entre otros.

Cada una de las ciudades junto con las secretarías de movilidad tienen la autonomía de establecer las condiciones de estas restricciones de movilidad, pensando en las necesidades de movilidad de cada territorio. Con base es esto, se establecen los horarios en los que no pueden circular los vehículos, la distribución de las placas y las zonas de la ciudad que están exentas.

La alcaldía de Bucaramanga, mediante la resolución 626 de diciembre de 2023, estableció las condiciones del pico y placa, y especificó que este se realiza teniendo en cuenta “el Plan Maestro de Movilidad de Bucaramanga 2011-2030 y el Plan de Ordenamiento Territorial contemplan una política de transporte sustentable, orientada a mejorar la movilidad vial de la ciudad”.

Pico y placa Bucaramanga

De acuerdo con el decreto mencionado anteriormente, la restricción aplica para los días hábiles, de lunes a viernes, en un horario entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m. y los sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y aplica para toda clase de vehículos de servicio particular, incluidas las motos y a excepción de vehículos eléctricos, según lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1964 de 2019.

Así será la restricción para la semana entre el lunes 28 de octubre y el sábado 2 de noviembre:

  • Lunes 28 de octubre: vehículos con placas terminadas en 5 y 6.
  • Martes 29 de octubre: vehículos con placas terminadas en 7 y 8.
  • Miércoles 30 de octubre: vehículos con placas que terminen en 9 y 0.

Le puede interesar:

  • Jueves 31 de octubre: vehículos con placas terminadas en 1 y 2.
  • Viernes 1 de noviembre: vehículos con placas que terminen en 3 y 4.
  • Sábado 2 de noviembre:  vehículos con placas terminadas en 5 y 6.

Tenga en cuenta que de acuerdo con el parágrafo segundo del artículo primero, para la restricción de las motos se tendrá en cuenta el último dígito numérico de la placa, sin tener en cuenta la letra o letras finales.

Zonas donde NO aplica el pico y placa

Según el artículo cuarto de la resolución, hay vías que se excluyen de la restricción, estas son vías departamentales, nacionales y concesionadas.

Así, la medida no aplica para el sector del Anillo Vial, comprendido por el Puente Palenque y Café Madrid, por tratarse de un corredor vial nacional.

Multas por incumplir la restricción

Esta sanción está consignada en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito y está catalogada como una multa de categoría C, en este caso, el conductor recibirá una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo.

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