Economía

Recta final para alivios tributarios a morosos en Hacienda de Bogotá: ¿cómo aplicar?

En este mes finaliza el plazo para solicitar alivios tributarios a personas que deban impuestos prediales, vehiculares y del ICA. Le explicamos los detalles para que pueda aplicar.

Pago impuesto predial en Bogotá / Imagen de referencia vía Getty Images.

Pago impuesto predial en Bogotá / Imagen de referencia vía Getty Images. / PeopleImages

Hasta el 15 de octubre del 2024, los deudores de diversas contribuciones tributarias pueden adherirse a alivios que harían disminuir el valor de impuestos que no han sido pagados. De acuerdo con información de la Secretaría de Hacienda, podría haber una condonación del 80% de intereses y sanciones que estén activas. Esto le aplicaría a ciertos años, tipos de gravámenes y etapas de cobro.

Esto fue admitido y puesto en acción, debido a la aprobación del Plan de Desarrollo de Bogotá, en el que incluye esto. Textualmente, el artículo señala que, “a más tardar el 13 de diciembre de 2024, paguen el ciento por ciento (100%) del capital adeudado y el veinte por ciento (20%) de los intereses y sanciones causados a la fecha de pago”. Esta sería la única condición que hace la Secretaría de Hacienda para estar incluido en el beneficio.

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Por ahora, el alivio estará para obligaciones en etapa de cobro. No obstante, también serán beneficiarios quienes tengo obligaciones en mora de otro tipo y de clase No Tributaria. Aquí le damos más detalles de esto.

¿Cuáles son los alivios tributarios 2024?

Hay tres casos en los que se puede aplicar esta condonación de deudas: Alivios tributarios para obligaciones tributarias susceptibles de discusión, obligaciones en firme y deudores de obligaciones no tributarias. Para “obligaciones en firme”, hay plazo para aplicar hasta el 15 de octubre; ahí se pueden adherir quienes adquirieron estas deudas desde el 12 de marzo del 2020 y hasta 30 de junio del 2022.

Las fechas se dieron así, ya que, es especializado para personas que se vieron impactadas en sus finanzas durante la pandemia del COVID-19. Esto también funciona para quienes tienen pendientes pagos de multas de tránsito, y fondos de salud a corte del junio del 2022.

¿Cuándo hay amnistía para el pago de impuesto vehicular en 2024?

El impuesto vehicular también está dentro de esta condonación, incluso, si tiene un acuerdo de pago. La modalidad de pago se maneja descontando el 80% de intereses y sanciones y, a cambio, se paga el total del monto más el 20% restante. La fecha final para dejar saldado esto sería a finales de año, 13 de diciembre del 2024.

Las únicas excepciones serán para personas con multas por incumplimiento en contratos, por multas de tránsito relacionadas con alcohol y sustancias, quienes hayan prestado servicios de salud y han sido sancionados, El Plan de Desarrollo indica que, “la Administración Distrital reglamentará los requisitos que deben acreditar los contribuyentes para acceder a esta exención”.

¿Cuáles son los requisitos para pagar impuestos atrasados?

La Administración ya dispuso en los requisitos, de acuerdo con lo estipulado en el Plan de Desarrollo, de la siguiente manera:

Para obligaciones en etapa de cobro

  • Tener pendientes pagos de impuesto predial o vehicular entre el 2020 y 2022
  • Estar en mora ICA (Impuestos de Industria y Comercio) y otros impuestos en los años 2020, 2021 y 2022.
  • No estar reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado
  • Pagar al menos el 30% de sus deudas.
  • Firmar el formulario.
  • Dar copia de la cédula.

Para obligaciones en mora: no haberse emitido una liquidación oficial y, de tenerse, que no se haya firmado.

Si cumple con estos requisitos, diligencie los documentos indicados y diríjase a la Secretaría de Hacienda de Bogotá, ubicada en la Avenida Carrera 30 con Cale 25.

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