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Juzgado ordena incidente de desacato contra directivos del DPS por incumplir fallo labora

El juzgado exige que altos directivos del DPS cumplan una sentencia que protege los derechos laborales de un exfuncionario, tras cuatro años de incumplimiento, y advierte sobre posibles sanciones legales.

El juzgado exige que altos directivos del DPS cumplan una sentencia que protege los derechos laborales de un exfuncionario, tras cuatro años de incumplimiento, y advierte sobre posibles sanciones legales.

El juzgado exige que altos directivos del DPS cumplan una sentencia que protege los derechos laborales de un exfuncionario, tras cuatro años de incumplimiento, y advierte sobre posibles sanciones legales.

Tunja

El Juzgado 13 Administrativo de Tunja ha ordenado la apertura de un incidente de desacato contra altos directivos del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), entre ellos Gustavo Bolívar Moreno, Director del organismo, Oliverio Orjuela Aguilar, Subdirector de Talento Humano, y Carolina Hoyos Villamil, Secretaria General. Esta decisión responde al presunto incumplimiento de una sentencia de tutela que protege los derechos laborales de Héctor Osbaldo Ávila Rodríguez, ex Director Regional del DPS en Boyacá.

El fallo, emitido el 10 de septiembre de 2019 y ratificado por el Tribunal Administrativo de Boyacá en octubre de ese mismo año, ordenó la protección de los derechos de Ávila a la estabilidad laboral reforzada, la seguridad social en salud, el trabajo y el mínimo vital. A pesar de esta orden, el DPS no ha cumplido con lo dispuesto, lo que llevó al juzgado a tomar medidas legales más contundentes.

Nuevas direcciones en el DPS

El 11 de septiembre de 2024, se anunció el nombramiento del economista Juan Pablo Rivera Chizica, egresado de la UPTC, como nuevo director territorial del DPS en Boyacá. Su designación ocurre en medio de esta controversia judicial, que pone en el centro de atención el manejo administrativo y las decisiones tomadas por los directivos de la entidad.

Detalles del Procedimiento de Desacato

El Juzgado ha otorgado un plazo de tres días hábiles, a partir del 17 de septiembre de 2024, para que los funcionarios involucrados informen sobre el cumplimiento de la sentencia. De no hacerlo, podrían enfrentar sanciones severas, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2591 de 1991, que regula el cumplimiento de fallos de tutela en Colombia.

Posibles Consecuencias Legales

El incumplimiento de este tipo de sentencias puede acarrear serias repercusiones legales. El Decreto 2591 estipula que si la autoridad responsable no cumple una orden de tutela en un plazo de 48 horas, el juez puede iniciar un procedimiento disciplinario. Las sanciones por desacato incluyen arresto hasta por seis meses, multas de hasta 20 salarios mínimos mensuales, y la posibilidad de enfrentar cargos penales por delitos como fraude a resolución judicial o prevaricato por omisión.

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