¿Cuáles son las pensiones no contributivas en Colombia? Estos son los beneficiarios
Acá le contamos lo que debe saber y la manera en la que se contemplan en el país.
Cuando se habla de pensiones no contributivas, se hace referencia a prestaciones económicas que se reconocen a los ciudadanos que no cuentan con recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan dado aportes o no los suficientes para poder solicitar la pensión.
El término ‘pensión no contributiva’ no es muy utilizado en Colombia, pero sí es utilizado por la comunidad internacional. Según la Base de datos de programas de protección social no contributiva en América Latina y el Caribe de la Cepal, en Colombia lo más cercano a una pensión de este tipo es el programa ‘Colombia Mayor’.
¿En qué consiste el programa Colombia Mayor?
Aunque no es como tal una pensión, este programa forma parte del sistema de protección para la vejez y está dirigido a adultos mayores que se encuentran en situación de desamparo, sin pensión, o viviendo en condiciones de indigencia o pobreza extrema. Tiene como objetivo incrementar la protección de los adultos mayores mediante la entrega de un subsidio económico.
Cabe destacar que se estableció un valor unificado de ochenta mil pesos mensuales para todos los beneficiarios del Programa Colombia Mayor a nivel nacional. En el caso de Bogotá, además de este subsidio, los beneficiarios reciben una suma adicional cofinanciada por el Distrito.
¿Cómo se puede inscribir a este programa?
Para inscribirse en el programa debe acudir a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. El trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor; en Bogotá, se desarrolla en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.
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La persona encargada verificará su cédula y registrará su información en el Sistema de Información de Colombia Mayor. Luego, se validará que no reciba pensión ni renta, y se aplicarán criterios de priorización para asignar los cupos disponibles.
Entre los requisitos para acceder al programa están: ser colombiano; haber residido en el país durante los últimos 10 años; tener al menos 3 años menos que la edad requerida para pensionarse (54 años para mujeres y 59 años para hombres, o 57 años para mujeres y 62 años para hombres si solicita Anualidad Vitalicia BEPS).
Adicionalmente, los beneficiarios deben estar en los niveles de Sisbén IV, grupos A, B y C hasta el subgrupo C1. Para saber si puede recibir el subsidio, la entidad territorial le informará a través de los medios registrados.
¿Cuándo se deja de ser beneficiario de este programa?
El subsidio del programa Colombia Mayor puede perderse en los siguientes casos: fallecimiento del beneficiario; falsedad en la información o intento de fraude; recepción de pensión; recepción de renta superior a la establecida por el Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009.
Además de: recepción de otro subsidio a la vejez que, sumado al del programa, supere medio salario mínimo; actividad productiva de mendicidad comprobada; traslado a otro municipio o distrito; no cobro consecutivo de subsidios en cuatro giros (o dos giros para municipios con pago bimestral) o retiro voluntario. Para saber más sobre este programa puede acceder a la página oficial de prosperidad social, o dar clic AQUÍ.
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