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Alcalde de Cartagena interpuso acción popular contra 57 propietarios de casas en ruinas

El recurso pasará a estudio del Tribunal Administrativo de Bolívar

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A través de una acción popular interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Bolívar, el alcalde mayor de Cartagena, Dumek Turbay Paz, demandó a 57 propietarios o poseedores de inmuebles en avanzado de deterioro, ubicados en el Centro Histórico, con el fin de que sean salvaguardados los derechos colectivos de cartageneros y visitantes, frente al peligro inminente que representan dichas infraestructuras en mal estado.

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“Hemos demandado a los propietarios de estas casas para que respondan con su responsabilidad, para que respondan con su obligación de asumir que los balcones, que las casas estén en el mejor estado. Tienen una obligación y, ante su renuencia, por eso hemos decidido iniciar una acción legal contra ellos. En el Centro Histórico de la ciudad son muchas las familias importantes que son propietarias, así que, sin ningún tipo de exclusión ni distingo de nada, tienen que cumplir. Y frente a esto, si no lo hicieron bajo la recomendación nuestra, tienen que hacerlo ahora bajo una acción legal”, enfatizó el alcalde Turbay Paz.

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De acuerdo con Turbay Paz, con la acción popular se pretende que los 57 demandados respondan legalmente por inmuebles en estado riesgoso, malo y grave, los cuales se encuentran ubicados en Getsemaní (14), Centro Histórico (35) y La Matuna (8).

Como consta en el documento, que reposa para su reparto en el Tribunal Administrativo de Bolívar, el alcalde Turbay Paz apuesta que se materialicen las siguientes pretensiones en favor de los cartageneros y el patrimonio de la ciudad:

1. Amparar los derechos fundamentales y colectivos de los cartageneros y turistas a la vida, al goce del espacio público, a la defensa del patrimonio cultural, a la seguridad y salubridad públicas, al derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, a la realización de las construcciones dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes, consagrados en el artículo 4 de la ley 472 de 1998, vulnerados por los accionados.

2. Que los accionados ejecuten las intervenciones de “reforzamiento estructural”, y en general, las reparaciones y medidas de conservación que eliminen el peligro que producen los inmuebles por el estado de deterioro, con el fin de detener la amenaza, vulneración y agravio sobre los derechos e intereses colectivos, y mitigar los riesgos generados.

3. Que se ordene a los accionados evitar la vulneración de los derechos e intereses colectivos, y acatar las recomendaciones impartidas por el Distrito de Cartagena, orientadas al mantenimiento y preservación de las edificaciones del Centro Histórico.

4. Que se ordene que las intervenciones o acciones se ejecuten en armonía y cumplimiento de las condiciones patrimoniales, estéticas y paisajísticas del entorno.

5. Que, en el caso de que las medidas de protección que sean ordenadas no sean cumplidas en un término razonable por los accionados, serán ejecutadas por la Administración Distrital, con derecho al recobro a los particulares.

Teniendo en cuenta que no ha sido posible identificar a todos los propietarios, la Alcaldía Mayor de Cartagena solicitó que, a través de los mecanismos legales pertinentes, se haga posible la vinculación procesal de las personas cuya identidad aún se desconoce.

Cabe resaltar que, de manera articulada, el Instituto de Patrimonio y Cultura (IPCC) y la Oficina de Control Urbano trabajan para garantizar que los inmuebles ubicados en el Centro de la ciudad no atenten contra los derechos de cartageneros y visitantes, además de que se garantice la preservación del patrimonio.

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