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Las únicas personas que podrán pensionarse con 300 semanas en Colombia con la reforma

La reforma pensional entrará en vigor el 1 de julio de 2025, después de la sanción hecha por el presidente Gustavo Petro.

Adulta mayor mirando recibos, encima dinero colombiano (GettyImages)

Adulta mayor mirando recibos, encima dinero colombiano (GettyImages)

Después de la aprobación de la reforma pensional en el Congreso de la República, el presidente Gustavo Petro firmó el pasado martes 16 de julio la ‘Ley Pensional’ que “permite a los adultos mayores gozar de una pensión inclusiva y en condiciones de dignidad”, por el nuevo Sistema de Protección Integral para la Vejez establecido en dicha reforma, pues su estructura funcionará con base en cuatro pilares: ‘solidario’, ‘semicontributivo’, ‘contributivo’ y ‘ahorro individual voluntario’, explica la Presidencia.

Dentro de los cambios importantes que comenzarán a regir el 1 de julio de 2025 está el que todos los colombianos deberán afiliarse obligatoriamente al Régimen de Prima Media (RPM) al cual pertenece Colpensiones y cotizar hasta 2.3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), es decir, un máximo de $2′999.000 COP; por su parte, quienes devenguen más, podrán “escoger de manera voluntaria, el fondo de pensiones en el cual desean realizar sus aportes superiores a 2.3 SMMLV”, indica Colpensiones.

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Además, las mujeres que son trabajadoras y cuidadoras, se les otorgará 50 semanas de cotización por cada hijo hasta un máximo de tres, con el fin de reconocer su esfuerzo invertido en la crianza de los menores.

¿Cómo funcionan los pilares de la reforma pensional?

De acuerdo con la reforma presentada por el actual Gobierno, para que todos los adultos mayores accedan a una pensión, en el sistema se integrarán cuatro pilares orientados a una población específica:

Pilar solidario:

A través de este mecanismo, el Estado se encargará de proteger a más de 2.5 millones de personas que viven actualmente en la pobreza y que no cuentan con la posibilidad de pensionarse; por lo tanto, aplicará para:

  • Hombres mayores de 65 años.
  • Mujeres mayores de 60 años.
  • Personas con discapacidad que tengan una pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50 % (hombres mayores de 55 y mujeres mayores de 50).
  • Estar en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, clasificados en el Sisbén IV hasta el nivel C3.

Pilar semicontributivo:

Quienes por distintos motivos no se pudieron pensionar, pero alcanzaron a cotizar algunas semanas en Colpensiones o en un fondo privado, podrán gozar de una renta vitalicia que se calculará con base en lo ahorrado; en ese sentido, aplica para:

  • Hombres mayores de 65 y mujeres mayores de 60 que hayan cotizado un mínimo de 300 a 999 semanas.

Pilar contributivo:

De acuerdo con lo informado por la Presidencia, en este pilar “estarán todas las personas afiliadas al Sistema donde podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes”; por lo tanto, deberán cotizar obligatoriamente en Colpensiones hasta 2.3 salarios mínimos mensuales y si se excede este monto, se podrá aportar voluntariamente el restante en fondos privados.

Cabe mencionar que “esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez”, explica la entidad; igualmente, la edad, semanas y taza se mantienen para aquellos que inicien su trámite de pensión por vejez.

Pilar de ahorro individual voluntario:

Los colombianos que deseen mejorar su ingreso pensional, podrán ahorrar en él voluntariamente después de los 2.3 salarios cotizados en Colpensiones; entonces, el dinero que tienen las personas afiliadas en sus cuentas de ahorro, seguirán siendo administrados por el fondo privado de elección “y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones”, indica Presidencia.

¿Cuáles son las únicas personas que podrán pensionarse con 300 semanas?

Teniendo lo anterior en cuenta, las únicas personas que podrán pensionarse con 300 semanas cotizadas, serán aquellas que pertenezcan al pilar semicontributivo de la actual reforma, es decir, los hombres con una edad igual o superior a 65 años y las mujeres mayores de 60 que por diferentes motivos no alcanzaron a cumplir el mínimo de semanas cotizadas.

Por lo tanto, se les otorgará una renta vitalicia “con base en lo ahorrado más el 3 % efectivo anual, y un subsidio equivalente al 10 % para los hombres y un 30 % para las mujeres del saldo restante”, sugiere la entidad.

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