Política

Por muerte de mascota se podrían pedir días de luto en Colombia: así es el proyecto de ley

En el Congreso de la República fue radicada una iniciativa que propone crear en Colombia el “derecho a despedir” a las mascotas.

Mascotas en Transmilenio, imagen de referencia. Foto: Getty Images

Mascotas en Transmilenio, imagen de referencia. Foto: Getty Images / Kosamtu

Congreso

La representante a la Cámara del Pacto Histórico Alexandra Vásquez radicó en la Secretaría General de la Cámara un proyecto de ley para crear una licencia remunerada por la muerte de animales domésticos. Lo que se propone, según explicó la parlamentaria, es reconocer la familia multiespecie, otorgando 3 días hábiles de licencia por luto.

De acuerdo con el equipo de Vásquez, se propone modificar el Código Sustantivo del Trabajo, adicionando al artículo 57 el numeral 13, para establecer como obligación especial del empleador “conceder al trabajador en caso de fallecimiento de su animal de compañía doméstico una licencia remunerada por luto de tres (3) días hábiles, cualquiera sea su modalidad de contratación o de vinculación laboral”.

Añadió la congresista que “esta licencia le será reconocida al trabajador, siempre y cuando, este demuestre el hecho mediante pruebas que corroboren la muerte del animal de compañía doméstico. El empleador establecerá las condiciones de la licencia en el reglamento interno del trabajo”.

Ahora bien, se aclara que “en todo caso, la licencia no podrá ser reconocida más de dos (2) veces por año o vigencia fiscal”, y que será obligación del trabajador “comunicar oportunamente al empleador la existencia en su núcleo familiar de animal de compañía doméstico”.

Recordó la representante que en 2021 se había presentado un proyecto similar en la Cámara, pero este solo logró ser aprobado en primer debate. Para que esta nueva iniciativa pueda convertirse en realidad tendrá que superar en total cuatro debates entre Senado y Cámara.

“En Colombia en la actualidad solo existen licencias remuneradas para maternidad y por luto en caso de fallecimiento del cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil”, concluyeron desde el equipo de la congresista.

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