Fallo ordena reparaciones en edificio Aparcaderos Centenario de Armenia
Un fallo de un juzgado en Armenia respalda acción popular interpuesta por la personería municipal por el riesgo de colapso del edificio Aparcaderos Centenario
Armenia
Y es que en el año 2023 la personería de la ciudad presentó una acción popular con el objetivo de proteger los derechos colectivos a la seguridad, salubridad pública y la prevención de desastres ante el deterioro estructural en el techo del edificio por filtraciones y humedades que está ubicado en la Plaza de Bolívar de la ciudad.
La personera municipal, Juliana Victoria Ríos explicó que el Juzgado Sexto Administrativo de Armenia les notificó sobre el fallo en primera instancia donde ordena al municipio y a la Empresa de Desarrollo Urbano EDUA que en el término máximo de tres meses remuevan todos los elementos que hayan sido anclados directamente sobre la Plazoleta Centenario.
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“Nos vimos en la obligación de interponer una acción popular para la protección de los derechos colectivos a la seguridad pública a la previsión de desastres técnicamente previsibles por la amenaza de colapso del edificio pues lo que pasaba con este edificio de parqueaderos y de oficinas es que se encontraba pues en un grado deterioro muy muy alto con unas filtraciones que se generaban desde la plazoleta centenario que queda contiguo a la Plaza de Bolívar y esa plazoleta es el techo es la cubierta de ese edificio”, afirmó.
Añadió: “la Personería hizo unas mesas de trabajo con los propietarios del edificio con el municipio buscando pues como que se realizará ese estudio de patología estructural vulnerabilidad sísmica pero no accedieron en esas mesas de trabajo y eso llevó entonces a la Personería interponer, esa acción popular esa acción popular se interpuso en el mes de octubre de 2023 en diciembre, el Juzgado Sexto administrativo de Armenia accedió a las medidas cautelares antes de dictar ese fallo en esas medidas cautelares se ordenó incluso el cierre total del edificio”.
Resaltó que el fallo incluye los resultados del estudio de patología estructural y vulnerabilidad sísmica donde recomienda las reparaciones tanto en la cubierta como al interior del edificio.
Agregó que el fallo también declara la falta de protección de este espacio público de vectores que afecten la salubridad en la zona, así como la omisión en intervenir las afectaciones estructurales.
Puntualizó que, aunque el fallo es de primera instancia y fue apelado por la Empresa de Desarrollo Urbano de la ciudad, pero fue concebido en el efecto devolutivo lo que quiere decir que el fallo se tiene que cumplir sin que se resuelva la apelación por parte de un tribunal.