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Admiten demanda contra Decreto que prohíbe porte y consumo de estupefacientes en Pereira

La demanda argumenta una falta de proporción en la regulación de los espacios, perímetros y horarios, además, la prohibición del porte de la dosis mínima, vulneraría la Carta Constitucional.

Foto: AFP

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Pereira

Ante el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pereira, el abogado Felipe Cardona Mayo, demandó con solicitud de nulidad el Decreto 000338 del 8 de febrero de 2024 con el que la Alcaldía busca restringir el porte y consumo de sustancias psicoactivas en la ciudad, porque este vulneraría la Carta Constitucional en sus artículos 1°, 16° y 49° y la Sentencia C-127 de 2023 de la Corte Constitucional.

Y es que, de acuerdo con Cardona, son varios los puntos que conformarían inconstitucionalidades en el Decreto emitido por la Alcaldía, que no se sustentan ni en el Código de Policía ni en la Constitución; el primero de ellos es la restricción del consumo, versus el porte de estupefacientes, pues lo que se regula legalmente es el consumo de la dosis mínima, pero no el porte, hecho que no está especificado en el Decreto municipal.

Felipe Cardona Mayo - Abogado demandante

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En segundo lugar, habría una falta de proporción en los horarios, pues aunque la medida de Pereira se ampara en la protección a los menores de edad en espacios públicos, la Corte Constitucional dicta que estas determinaciones de los mandatarios locales no pueden ser irracionales, por lo que, según manifestó Cardona, no se puede restringir al consumidor en todos los horarios ni espacios.

Felipe Cardona Mayo - Abogado demandante

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En lo que respecta a los espacios y al perímetro, también hay un posible desequilibrio, porque habría excepciones que pueden adoptarse para permitir el consumo libre en algunos espacios.

Felipe Cardona Mayo - Abogado demandante

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La admisión de la demanda por parte del Juzgado Administrativo se hizo el pasado 23 de mayo, notificando tanto a la Alcaldía de Pereira como al Ministerio Público del traslado de dicha demanda para que se den las respuestas a las que haya lugar dentro de los plazos establecidos por ley.

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